Visto
-La ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756. Art. N0 34 inc. 38,
Considerando
Que en nuestra Ciudad el crecimiento demográfico, el aumento del parque automotor, el crecimiento urbano y los accidentes de tránsito hacen imprescindible un plan estratégico para el reordenamiento del tránsito,
Que es necesario, establecer los sentidos de circulación de calles en toda la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, en este caso es urgente intervenir en las calles Alvear, Intendente Andreu y 12 de Octubre. dándole una única orientación en el transito porque las mismas están colapsadas por ser aun de doble mano.
Que además del problema mencionado en el párrafo anterior, estas 3 arterias atraviesan la calle San Diego y que por su característica de boulevard, es demasiado ancho y al recibir circulación de autos de las dos manos, se torna muy peligroso.
Que en la intersección de Bv. San Diego y Alvear hace pocos meses se colocó un semáforo que beneficio a la seguridad del sector, pero al mismo tiempo complico la transitabilidad, porque la Calle Alvear es muy angosta trayendo dificultad en la circulación.
Que uno de los beneficios más notables, en las calles de una sola orientación, son que los autos solamente pueden estacionar de una sola mano.
Las calles Alvear, 12 de octubre e Intendente Andreu son arterias muy importantes por su extenso recorrido, la primera conecta la calle General Lavalle hasta Avenida Leandro N Alem, atravesando 3 seccionales catastrales (2,3 y 5). Intendente Andreu y 12 de Octubre, de similares características, Intendente Andreu partiendo desde calle Paraná hasta Leandro N. Alem y 12 de octubre comenzando desde Roque Sáenz Peña hasta Avenida Leadro N, Alem., Las mismas aliviarían el tráfico a una de la avenida más transitada, que es Av. Juan Domingo Perón.
Por lo expuesto los concejales abajo firmantes elevan el siguiente proyecto de;
Ordenanza
ART. 1º) Dispóngase la circulación en sentido único con orientación NORTE -SUR (N-S), a la calle, Alvear en el tramo comprendido entre calles Santiago del Estero y Comandante Espora.
ART .2 0) Dispóngase la circulación en sentido único con orientación SUR-NORTE (S-N), a la calle Intendente Andreu en el tramo comprendido entre calles Santiago del Estero y Cte. Espora.
ART.30) Dispóngase la circulación en sentido único con orientación NORTE-SUR (N-S), 12 de Octubre en el tramo comprendido entre calles Roque Sáez peña y Comandante Espora.
ART .40) Instrúyase, al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría que corresponda, a la colocación de la señalización, anunciando Io establecido en los artículos I, 2 y 3 de la precedente, Además, deberá elevar a este cuerpo en el plazo de 30 días, un informe detallando de la evaluación de los presentes cambios de sentido de circulación y sugerirá si correspondiera la derogación de la misma.
ART.50) Modifiquese el semáforo ubicado en la intercepción las calles San Diego y Alvear, el mismo funcionara con 3 tiempos.
ART.6) Publíquese las modificación de los cambios de orientación en los medios locales y las páginas oficiales del Concejo Deliberante y el Departamento Ejecutivo Municipal, Io deberán exponer en su portada por el plazo de 30 días.
ATR.70) De forma.
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