Autor del proyecto: Concejal Martínez.

Proyecto de Decreto, Informe sobre las Cámaras de seguridad emplazadas en distintos puntos de la ciudad. Exp. 5283/14.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39;

La Ley provincial Nro 13.297/12 de Emergencia en materia de Seguridad Pública;

Ordenanza Nro. 2.176/14 Declaración Emergencia Seguridad Pública;

Ordenanza Nro. 1.865/09 Creación Comisión Apoyo a la Seguridad CAS;

Decreto Nro. 453/13 Construcción de nuevos destacamentos y comisarías;

Declaración Nro. 164/2008 Proveer medidas de seguridad a personas y bienes de Villa Gdor. Gálvez;

La Declaración Nro. 306/14 Interés Municipal de la Permanencia de Gendarmería y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario que este Cuerpo tenga conocimiento sobre la cantidad de cámaras de seguridad, la disposición de las mismas, la cantidad de personas que trabajan en el centro de monitoreo, los horarios del personal, la cantidad de delitos que fueron advertidos por estos dispositivos, el sistema de comunicación con las fuerzas de seguridad, el tiempo estipulado desde que se advierte el hecho hasta la resolución del mismo.

Que dado el incremento de la delincuencia y la ignorancia sobre el modus operandi de los delincuentes es imprescindible que el sistema de monitoreo funcione a la perfección para evitar los hechos delictivos o frustrarlos lo antes posible.

Que este sistema debería servir para brindar mayor seguridad a los ciudadanos y controlar las conductas desviadas que atentan contra sus vidas.

Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva a este cuerpo el siguiente proyecto de:

DECRETO

 Artículo 1.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal envíe a este cuerpo un informe detallado sobre:

ü    la cantidad de cámaras de seguridad,

ü    La disposición de las mismas,

ü    Cantidad de personas que trabajan en el centro de monitoreo,

ü    Horarios del personal,

ü    Cantidad de delitos que fueron advertidos por estos dispositivos,

ü    Sistema de comunicación con las fuerzas de seguridad,

ü    Tiempo estipulado desde que se advierte el hecho hasta la resolución del mismo,

ü    Tiempo efectivamente transcurrido desde que se observa el hecho hasta su resolución.

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