Expte. Nº 3.143/08.
VISTO:
La Ley 2756 , y
CONSIDERANDO:
El cese de las prestaciones de Salud a través del Centro de Atención Primaria de la Salud (Dispensario) “4 de Junio” ubicado en Pellegrini 1971 del Barrio Coronel Aguirre con el traslado de su personal al Centro de Integración Comunitario “Itatí” de García González y Marcos Paz;
El incremento de población en la última década en los sectores correspondientes al Barrio Alto Verde de la Sección Catastral Nº 20, de la zona aledaña a la Estación Coronel Aguirre y el arroyo Saladillo correspondiente a la Sección Catastral Nº 11 y en la Sección Catastral Nº 13 con la construcción de viviendas a través de planes sociales;
Que dicho incremento de la población sobrecarga las prestaciones de salud en los Centros de Atención Primaria de la Salud “San Enrique”, “Evita” y “Mortelari”, con el consiguiente desplazamiento de la población hacia el Hospital “Dr. Anselmo Gamen”;
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1536/2008.
ART.1º) Que el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Salud y Medio Ambiente evalúe la factibilidad de creación de Centros de Atención Primaria de la Salud (Dispensarios) en los sectores correspondientes al Barrio Alto Verde de la Sección Catastral Nº 12, en la zona aledaña a la Estación Coronel Aguirre y el Arroyo Saladillo correspondiente a la Sección Catastral Nº 11 y en la Sección Catastral Nº 13 y/o realice las gestiones necesarias ante el Ministerio de Salud Provincial.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de marzo de 2.008.
Presidente: Roberto Richetti
A/C Secretaria: Mario Correale