Ord. 1162/96 Tasa Actuacion Administrativa por acta de comprobación

 

Expte. Nº1171/96.

VISTO:

Lo dispuesto por la Ley 2756, Art. 39, Inc. 16, y

 

CONSIDERANDO:

Que  es necesario reestructurar el  sistema  recaudatorio del Tribunal de Faltas.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones sanciona la siguiente:


 

ORDENANZA Nº1162/96

 

ART.1º) Fíjase  la Tasa de Actuación Administrativa por  Acta  de Comprobación labrada y en trámite por ante el Tribunal de Faltas  en la suma de $ 7,50 ( Pesos Siete con  Cincuenta Centavos ).  Derogado por Ordenanza 1906/10

 

ART.2º) El  pago  de  la Tasa será requisito  para  el  posterior juzgamiento de la contravención y/o infracción y/o falta, por parte del Tribunal.

 

ART.3º) El  Departamento Ejecutivo Municipal  deberá  reglamentar las disposiciones de la presente Ordenanza Fiscal Complementaria.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Marzo 14, 1996.

Presidente: Carlos Croci

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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