Expte. N° 6.874/19

VISTO:

Ley Provincial N° 2.756, Ley Orgánica de Municipalidades,

Ley Provincial N° 2.499, Reglamentación del servicio público de transporte colectivo de pasajeros en vehículos automotrices,

Ordenanza N° 2.061/12, Diagrama de recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros,

Ordenanza N° 2.133/13, Modificación Diagrama de recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros, y

 

CONSIDERANDO:

Que la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Provincial N° 2.756, establece en su artículo 39° que son atribuciones y deberes de los Concejos Municipales fijar los recorridos y sitios de estacionamientos de vehículos que atiendan al servicio público de transportes de personas o mercaderías, como asimismo Autorizar el funcionamiento de nuevas líneas de tranvías, ómnibus y colectivos por tiempo limitado.

Que por otro lado, de acuerdo a la Ley Provincial N° 2.499, en su artículo Art. 24: “Las empresas concesionarias deberán estar en condiciones de subsanar de inmediato cualquier interrupción de los servicios, por mal funcionamiento de su vehículo u otra causa análoga, a cuyo efecto deberán poseer por lo menos un vehículo cada cinco, en perfecto estado de circulación, además de los necesarios normalmente”.

Que el Grupo Rosario Bus, de acuerdo a lo que expresa en su página web, es una firma con más de 40 años de trayectoria en el transporte público de pasajeros de la región centro de nuestro país y en la actualidad brinda servicios en 27 líneas urbanas e interurbanas de colectivos, comprendiendo las ciudades de Rosario, Santa Fe y Buenos Aires.

Que de acuerdo a lo manifestado en el apartado de Política de Transporte de Calidad, es su preocupación “brindar a la comunidad una solución de transporte eficiente, garantizando su traslado en forma segura. Priorizamos cubrir las expectativas del pasajero tomando decisiones acordes a las necesidades del usuario, poniendo a su disposición un servicio confiable y de alta calidad.”

Que de acuerdo a lo anoticiado en el día de ayer por diversos medios de comunicación locales, la empresa Rosario Bus S. A notificó al municipio que a partir del 16 de septiembre de 2019, se levantará la línea 35/9 bandera AZUL en tanto la línea 35/9 bandera NEGRA volverá a su recorrido habitual, dejando de pasar por Av. Soldado Aguirre y dejará de llegar hasta calle Chubut.

Que en este sentido, la empresa sostiene que estos cambios se deben a los problemas económicos puesto que, luego de la devaluación operada desde agosto de 2019, “todos los costos relativos a combustibles, mantenimiento de flota y la renovación de unidades se incrementaron cerca de un 30%”.

Que en este marco, se reconoce las dificultades económicas por las que atraviesan las empresas de transporte público de pasajeros, pero no obstante, se reconoce también la dificultad que acarrea tales modificaciones sobre los usuarios, vecinos y vecinas de nuestra ciudad.

Que a tal efecto, se requiere imperiosamente diseñar medidas alternativas, a los fines de garantizar la continuidad del servicio público de pasajeros en la zona.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

RESOLUCIÓN N° 2.099/2.019

 

ART.1°) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez expresa su preocupación por la suspensión del servicio de transporte público brindado por la Línea 35/9 bandera azul y modificaciones del recorrido de la Línea 35/9 bandera negra, prestados por la empresa Rosario Bus S.A.

 

ART.2°) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez elevará nota correspondiente a la empresa Rosario Bus S.A, solicitando una reunión de carácter urgente, a los fines de conocer los motivos por cuáles se adoptó esta determinación, solicitar la revisión de la misma y/o elaborar conjuntamente otras acciones que garanticen la cobertura en la zona.

 

ART.3°) Comuníquese, Publiquese y Registrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 12 de septiembre de 2.019.

Descargar doc:

Resolución N° 2099-2019

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