Ord. 2629/19 Autorizar a partir del 1° de septiembre de 2019 un incremento del cargo mensual que el municipio paga a favor de la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Ltda.

Expte. Nº 6.873/19.

VISTO:

La Ley 2.756.

Las Ordenanzas Nº 1.141/95 y 1.142/95.

Las Ordenanzas Nº 1.978/11, 2.188/14, 2.332/15, 2.365/16, 2.470/17, 2.493/17, 2.558/18; y

 

CONSIDERANDO:

Que el último ajuste de la referida tasa se realizó  por la        Ordenanza Nº 2.558/18 del 4 de octubre de 2018.

Que desde la sanción de la mencionada ordenanza se produjeron sucesivos incrementos en el costo del KW, correspondiente al suministro de energía eléctrica para alumbrado público, a lo que se le suma aumentos en el costo de mantenimiento del mismo, determinando la necesidad de ajustar la tasa de alumbrado público.

Que la Cooperativa Integral Ltda. de VGG presentó, a solicitud del Ente de Contralor, la estructura de costo del servicio de energía eléctrica.

Que dicho costo asciende a la suma de $1.077.608,12.- (Pesos un Millón Setenta y Siete  Mil Seiscientos ocho con 12/100).

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2.629/2.019

 

ART.1º) Autorizase a partir del 1° de septiembre de 2019 un incremento del cargo mensual que el municipio paga a favor de la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Ltda., por  mantenimiento del Servicio de Alumbrado Público, quedando fijado en la suma total de $1.077.608,12.- (Pesos un Millón Setenta y Siete  Mil Seiscientos ocho con 12/100) por todo concepto.

 

ART.2º) La Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Ltda. prestadora de este servicio queda obligada a elevar al Departamento Ejecutivo Municipal con copia al Concejo Deliberante, un informe trimestral, detallando cada uno de los materiales utilizados; con descripción de precios, lugar y fecha de cada una de las reparaciones, mano de obra afectada, costo de mantenimiento y gasto de combustible de los vehículos. Dicho informe deberá ser remitido aun cuando no se produjera variación en los mismos, a efectos de poder efectuar un seguimiento adecuado.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 12 de septiembre de 2019.

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Ordenanza N° 2629-2019

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