VISTO:
La ley 2.756, Artículo 39° inciso 2),
El Reglamento Interno del Concejo Deliberante, artículo 175°,
La necesidad de cobertura de personal en funciones en la Secretaría de Prensa y Difusión de este Concejo, y
CONSIDERANDO:
Que el objeto del presente, en el orden y marco jurídico-legal, se encuentra regido por el artículo del Reglamento Interno del Concejo Deliberante mencionados en el Visto, el cual expresa: “El Concejo nombra por mayoría y remueve por dos tercios de votos de los Miembros en ejercicio, su Secretario, Pro-Secretario y demás empleados, quienes dependerán exclusivamente del Concejo e inmediatamente del Presidente”
Que en los últimos años la comunicación se ha vuelto una actividad mucho más dinámica y requiere tanto de la adecuación de determinados procedimientos, como de la implementación de nuevas respuestas que estén a la altura de los tiempos que corren.
Que este Concejo se propone cumplir con el principio republicano de la información, optimizando los recursos disponibles en vista de agilizar la comunicación hacia la sociedad a través de la incorporación de nuevas tecnologías y herramientas.
Por lo arriba descripto resulta necesario la creación del cargo de Auxiliar de Prensa para desempeñarse en la Secretaría de Prensa y Difusión de este Concejo, con el objetivo de optimizar la comunicación social mediante el diseño de materiales gráficos, la difusión informática de las distintas actividades, y la producción de contenidos audiovisuales.
Entendiendo que por la actual situación económica no es conveniente la realización de nuevas erogaciones, sino la optimización de los recursos existentes. En consecuencias la remuneración del cargo creado será resuelta con la distribución nominal de sueldo del cargo de Secretario de Prensa y Difusión.
Que para el caso sub examine, la decisión administrativa a formalizarse, debe considerarse evaluando las disponibilidades presupuestarias, legales y de contratación de este organismo.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
RESOLUCIÓN N° 2.127/2.020
ART.1°) Créase el cargo de Auxiliar de Prensa a partir del día 1° de enero del año 2020, el cual se desempeñará en la Secretaría del Prensa y Difusión de este Concejo Deliberante para realizar diseños de materiales gráficos, difusión y producción de contenidos audiovisuales. El mismo recibirá en concepto de sueldo básico la suma de $31.451,74 y un 38% adicional en concepto de compensación funcional al igual que el Secretario de Prensa y Difusión
ART.2°) Fíjese el sueldo básico del Secretario de Prensa y Difusión en $ 40.851,11 a partir del mes de enero del corriente año, más el adicional correspondiente.
ART.3°) Los gastos y erogaciones correspondientes al cargo creado en el artículo 1° serán imputados en la partida de sueldos y estarán compensados con la distribución remunerativa fijada por el artículo 2°; encontrándose afectados ambos cargos a los incrementos salariales paritarios.
ART.4°) Desígnese como Auxiliar de Prensa al Sr. TOCCALINO, Martín Ezequiel DNI N° 30.488.626, desde el día 1° de enero hasta el día 10 de diciembre de 2.020.
ART.5°) Comuníquese y Archívese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 2 de enero de 2.020.
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