VISTO:

 

Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud respecto a la pandemia de coronavirus,

El decreto del Poder Ejecutivo Nacional N°0297/20, de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” para toda la población,

La ley provincial N° 2.756, artículo 34°

El decreto Municipal N° 0760/20, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el día 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declaró al brote del nuevo coronavirus como una pandemia, luego de que las personas infectadas por el virus COVID-19 en todo el mundo alcanzara la cifra de 118.554, y el número de muertes a 4.281; afectando hasta ese momento a 110 países.

Que nuestro país no escapa la situación mundial acontecida por la propagación de la mencionada pandemia. Por ello el Poder Ejecutivo Nacional emitió el decreto N°0297/20, el cual sostiene en su artículo 1°: “.A fin de proteger la salud pública, lo que constituye una obligación inalienable del Estado nacional, se establece para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en los términos indicados en el presente decreto. La misma regirá desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año, pudiéndose prorrogar este plazo por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica”

Que es necesario contemplar las recomendaciones dispuestas por el decreto presidencial arriba mencionado y tomar medidas al respecto, a fin de proteger al personal que se desempeña en este Concejo.

Que la ley orgánica N° 2.756 establece en su artículo 34° que “El Concejo Municipal se reunirá en sesiones ordinarias durante los meses de marzo a diciembre de cada año, debiendo fijar ellos mismos los meses de sesiones, pudiendo ser el período continuo o alternado”. Por ello, resulta oportuno prorrogar el inicio de sesiones ordinarias hasta cuando la actual situación sanitaria lo permita.

Que en base a lo arriba descrito, es conveniente otorgar asueto al plantel de personal permanente de este Concejo Deliberante mientras permanezca vigente el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”.

 

RESOLUCIÓN N°2.130/2.020:

 

Art.1°): Adhiérase a lo dispuesto por el Decreto Nacional N° 0297/2000,  concediendo al personal del Concejo Deliberante asueto por la vigencia  del “aislamiento social, preventivo y obligatorio.”

Art.2°): Prorrógase el inicio de sesiones ordinarias del Concejo Deliberante hasta que finalice el plazo establecido en el mencionado decreto o de otros que extendieran dicho plazo.

Art 3º): Podrá convocarse a sesiones extraordinarias del Concejo Deliberante, a pedido del Departamento Ejecutivo Municipal, o mediando autoconvocatoria de los propios concejales,  a través de los mecanismos previstos para casos graves y urgentes en los artículos 41 inciso 10 y 34 de la Ley Provincial N° 2756 , y el artículo 23 y concordantes del Reglamento Interno del Concejo Municipal.

Art.4°): Las convocatorias deberán realizarse cumpliendo estrictamente los protocolos de distancia personal e higiene, pudiendo también implementarse las reuniones a través de los mecanismos digitales como video conferencia y/o videollamada u otros mecanismos que garanticen el funcionamiento de manera remota de este Concejo.

Art.5°):Comuníquese, Publíquese y Regístrese.

Dado al   día 20 del mes de marzo del año 2020.

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2130-2020 resolución pandemia Concejo

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