Resol. N° 2225/21 Solicitar un destacamento policial fijo en inmediaciones del Parque de la Amistad y el Cruce de ferrocarriles Rosario-Buenos Aires.

Expte. N° 7.485/21

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756, La Resolución N° 2.158/20, Creación de la Comisión Interna de Seguridad y Prevención del Delito, La Resolución N° 2.171/20, Convocar a reunión de la Junta Provincial de Seguridad, La Resolución N° 2186/2021 Solicitar el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe información sobre recursos asignados para seguridad en la ciudad, El Decreto N° 1451/20 Instalación en el sector del puente sobre el Arroyo Saladillo sobre Calle Raúl Alfonsín cámaras de videovigilancia integradas a la red local, El Decreto N° 1.425/20, Informe detallado sobre de las gestiones realizadas ante el Ministro de Seguridad de la Provincia de Santa Fe acerca de las medidas para contener la inseguridad, Los sucesivos hechos delictivos en inmediaciones del Parque de la Amistad y del cruce ferroviario de calle Magallanes y Avda. Libertador, y

CONSIDERANDO:

Que, la sucesión de hechos violentos y delictivos que tienen lugar en la ciudad, principalmente durante los últimos años, dan cuenta de que nuestro territorio no ha quedado exento de la crisis en materia de seguridad pública que atraviesa la región y, sin perjuicio de las variaciones en los índices estadísticos correspondientes, lo cierto es que la inseguridad es una de las problemáticas que más preocupa a las y los villagalvenses.

Que, al respecto, quienes residen en inmediaciones del cruce ferroviario ubicado en la intersección de calle Magallanes y Avda. Libertador son testigos de este flagelo que, por diferentes factores y características de la zona en cuestión, afecta especial y negativamente a quienes circulan por el lugar.

Que, de la misma forma, las y los vecinos que se acercan a disfrutar del espacio y las instalaciones que dispone el Parque de la Amistad, ubicado sobre la Avda. Raúl Alfonsín, se expresan alarmados por los hechos de inseguridad que se contabilizan en este lugar y manifiestan que, por ese motivo, para muchos ha dejado de ser una opción de paseo y recreación. Sin embargo, se trata de un trayecto de paso obligatorio e ineludible para un gran número de personas que lo utilizan para dirigirse hacia su trabajo y también para quienes viven en las inmediaciones del parque, siendo este grupo de ciudadanos el más expuesto a los hechos delictivos en la zona.

Que, ante los reiterados episodios de violencia e inseguridad, la pretensión de mayor presencia policial en dichas zonas por parte de las y los vecinos de ambos sectores es legítima y urgente, fundando su reclamo en su derecho y necesidad de vivir, circular y disfrutar con tranquilidad en los espacios públicos.

Que, si bien este cuerpo en otras ocasiones ha expresado de distintas formas la necesidad de intervenir en materia de seguridad pública, en este marco situacional resulta indispensable y oportuno buscar el permanente bienestar de estas comunidades, estableciendo mecanismos que permitan identificar y prevenir adecuadamente los fenómenos de la delincuencia e inseguridad que afectan a población del lugar, siendo necesario que, en coordinación con los diferentes niveles de gobierno y las fuerzas de seguridad, se destinen los recursos pertinentes y se aplique un uso óptimo de los mismos para garantizar la presencia institucional del Estado y mejorar las condiciones de seguridad de los habitantes.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

RESOLUCIÓN N° 2.225/2021

ART.1°) El Concejo Deliberante le solicita al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe que arbitre los medios y disponga los recursos necesarios para instalar y poner en funcionamiento un destacamento policial fijo en inmediaciones de cada una de las siguientes zonas de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez:

a) Parque de la Amistad, sobre la Avenida Raúl Alfonsín en el ingreso a la ciudad, y

b) Cruce de FFCC Rosario-Buenos Aires ubicado en la intersección de calle Magallanes y Avda. Libertador.

ART.2°) Elévese copia de la presente Resolución al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe y a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados Provincial dentro de los 5 días hábiles siguientes a la sanción.

ART.3°) Comuníquese, Publíquese y  Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de septiembre de 2.021.

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