Expte. N° 7.540/21
VISTO:
La Ley Nacional N° 26.413, Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas,
La Ley Orgánica de Municipalidades N°2.756,
El Decreto N° 483/13 Gestiones para instalar oficina para abonar los sellados que se tramiten en el Registro Civil,
El Decreto N° 943/16 Se gestione ante el Registro Civil y el Nuevo Banco de Santa Fe la habilitación de una caja destinada al cobro de trámite, y
CONSIDERANDO:
Que el Registro Civil es el organismo cuya función pública es conocer, autorizar, inscribir, resguardar y dar constancia de todos los actos o hechos que den origen, alteren o modifiquen el estado civil y la capacidad de las personas; representando por ello un servicio esencial e ineludible que el Estado debe garantizar de forma óptima.
Que, por lo dicho, esta entidad es núcleo permanente de un gran número de consultas y trámites diarios de índole presencial que generan un flujo continuo de asistencia en cada una de sus oficinas.
Que, desde el mes de abril de 2.020, la modalidad de atención ha sido reorganizada bajo el contexto de pandemia con un sistema de turnos que ha generado demoras en la atención en la gran mayoría de las delegaciones, sin dejar exenta a nuestra ciudad, a pensar de la buena voluntad de las y los trabajadores y, por lo dicho, las y los ciudadanos deben esperar meses para obtener partidas, inscribir nacimientos, contraer matrimonio, solicitar su D.N.I. o realizar otros trámites competentes del Registro Civil.
Que, sumado a lo expuesto, en la delegación de Villa Gobernador Gálvez los requirentes de las distintas actuaciones se ven obligados a trasladarse hacia canales de cobro externos adheridos a la red “Santa Fe Servicios” que se encuentran distribuidos en la ciudad, para abonar el costo del trámite y luego regresar a las oficinas para avanzar con la gestión.
Que este sistema de atención ha generado desde hace años un gran inconveniente entre las y los contribuyentes que deben movilizarse por sus propios medios en la búsqueda de un punto de cobro habilitado a tal fin, debiendo someterse en ocasiones a largas colas de espera para acceder al servicio, representando ello una pérdida de dinero y de tiempo que promueve un descontento de alcance colectivo.
Que, en los años 2.013 y 2.016, se han aprobado en este Concejo normativas que atendían esta problemática y encomendaban la instrumentación de acciones tendientes a resolver la deficiencia en el circuito administrativo.
Que, al no estar integrado en las instalaciones del organismo un punto de cobro de los diferentes trámites y comprobantes emitidos por la institución, se provoca la discontinuidad en el servicio de atención al ciudadano y ciudadana, afectando la calidad y celeridad en la prestación del mismo.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
RESOLUCIÓN N° 2.235/2021
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Superior Gobierno Provincial para que, por intermedio del Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad o cualquier otro organismo pertinente, inicie las gestiones necesarias ante las autoridades del Nuevo Banco Santa Fe S.A., para la habilitación de un sistema de cobro en las instalaciones de la Delegación del Registro Civil de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, a los fines de brindar a la población un servicio más ágil y accesible respecto al pago de los aranceles inherentes a dicho organismo.
ART.2°) Elévese copia de la presente Resolución al Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad y a las Autoridades del Nuevo Banco Santa Fe S.A., dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la sanción.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de octubre de 2.021.
