Expte. N° 9.004/25
VISTO:
El Reglamento Interno Resolución N° 41/85 y sus modificatorias, en particular la Resolución N°
2.193/21 que incorpora el artículo 44° sexies creando la Comisión de Derechos Humanos; y
CONSIDERANDO:
Que la mencionada resolución significó un avance institucional al reconocer la importancia de
contar con una Comisión de Derechos Humanos dentro de la estructura del Concejo Deliberante,
otorgándole la función de intervenir en todo lo relativo a la promoción, protección y garantía de los
derechos humanos en el ámbito municipal.
Que la participación activa de la ciudadanía, las organizaciones sociales y los organismos no
gubernamentales dedicados a la defensa y promoción de los derechos humanos ha sido, históricamente,
uno de los pilares fundamentales del proceso de democratización y construcción de memoria, verdad y
justicia en nuestro país.
Que el Estado y la sociedad civil han sabido, a lo largo de las últimas décadas, construir de
manera conjunta políticas públicas orientadas a la defensa de los derechos fundamentales, la igualdad, la
diversidad, la inclusión y la erradicación de todas las formas de violencia y discriminación.
Que, sin embargo, en el contexto actual vuelven a circular discursos negacionistas, autoritarios y
discriminatorios que relativizan los crímenes cometidos durante la última dictadura cívico-militar,
cuestionan las políticas de memoria y ponen en riesgo los avances alcanzados en materia de derechos
humanos, género, diversidad e igualdad.
Que frente a este escenario se vuelve imperioso fortalecer los espacios institucionales de
participación, diálogo y articulación entre el Estado y las organizaciones de la sociedad civil, que
permitan sostener y profundizar las políticas públicas de derechos humanos en el plano local.
Que la creación de un Consejo Asesor Ad Honorem dependiente de la Comisión de Derechos
Humanos permitirá institucionalizar ese vínculo, promoviendo la colaboración permanente de las
entidades y organismos no gubernamentales con trayectoria en la materia, a fin de enriquecer la labor de
la Comisión y fortalecer el compromiso del Concejo Deliberante con la promoción y defensa de los
derechos humanos en un sentido amplio e integral.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
RESOLUCIÓN Nº 2.595/2.025
ART.1º) Créase en el ámbito de la Comisión de Derechos Humanos un Consejo Asesor Ad Honorem,
que tendrá como finalidad colaborar con dicha Comisión en el análisis, evaluación y tratamiento de los
asuntos vinculados con la promoción, defensa y garantía de los derechos humanos en el ámbito local.
El Consejo Asesor estará integrado por dos representantes de cada una de las organizaciones y
organismos no gubernamentales de derechos humanos con actuación en la ciudad de Villa Gobernador
Gálvez.
Será presidido por el/la Presidente/a de la Comisión de Derechos Humanos, y se reunirá de
manera periódica, con una frecuencia mínima de una (1) reunión mensual, a fin de aportar su experiencia,
opiniones y propuestas sobre los temas que merezcan ingreso o tratamiento por parte del Cuerpo. La
Comisión de Derechos Humanos será la encargada de disponer los requisitos formales y criterios de
acreditación que deberán cumplir las entidades para integrar el Consejo Asesor, asegurando la pluralidad
de voces, la participación democrática y la transparencia en su funcionamiento.
Las funciones del Consejo Asesor serán de carácter consultivo y honorario, sin percibir
remuneración alguna por su participación.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese..
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de noviembre de 2.025
AUTORA: PATRICIA GONZALEZ.

