Expte. N° 8.216/23VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,El trágico suceso ocurrido el día 5 de octubre de 2.023 cuando un móvil policial que circulaba por Avenida Libertador, al llegar a la intersección con calle Las Heras, arrolló al Sr. Pablo Sánchez, un joven repartidor que circulaba en motocicleta cumpliendo tareas laborales y que, a causa del siniestro, falleciera horas más tarde en el Hospital Provincial de Rosario, luego de ser derivado desde el Hospital Anselmo Gamen, y CONSIDERANDO:Que el día jueves 5 de octubre en la intersección de Avenida Libertador y calle Las Heras se produjo un trágico hecho cuando un hombre de 34 años que trabajaba en un servicio de delivery fue arrollado por un móvil policial que circulaba a alta velocidad en virtud de una presunta persecución. Que el luctuoso suceso se cobró la vida de Pablo Sánchez quien circulaba en su moto realizando tareas de reparto, resultando atropellado por el móvil policial 9539, tras lo cual agonizó largo rato en el lugar debido a que la ambulancia del SIES (Sistema Integrado de Emergencia Sanitaria) demoró más de veinte minutos en llegar al lugar. Que luego de sucesivos traslados en ambulancia, al Hospital Anselmo Gamen en primer lugar y al Hospital Provincial de Rosario después, el muchacho terminó falleciendo en este último centro médico a poco de ser ingresado producto de una hemorragia interna. Que el móvil que atropelló a Pablo Sánchez pertenece a la Policía de Acción Táctica (PAT) y se encontraba presuntamente en medio de un procedimiento rumbo a calle Magallanes cuando interceptó fatalmente al joven repartidor en el cruce de Libertador y Las Heras, siendo las 15:30hs. aproximadamente. Que resulta importante subrayar que antes de resultar derivado al Hospital Provincial de Rosario, Pablo Sánchez fue trasladado por la ambulancia del SIES al Hospital Anselmo Gamen, donde en virtud de la complejidad del cuadro que presentaba el muchacho se decidió su traslado al precitado nosocomio rosarino. Que a menos de 24 horas de producido el hecho, la hermana del muchacho fallecido manifestó a un medio de prensa local respecto a la atención recibida en el nosocomio local: “Primero me dijeron que era una quebradura. Pero él se quejaba de que no podía respirar y en el Gamen lo querían atar, dijeron que si no se callaba le iban a tener que atar las manos”. Que cabe destacar que Avenida Libertador fue inaugurada hace unas semanas por el gobernador Omar Perotti y según los vecinos en la esquina de Libertador y Las Heras los semáforos no funcionan, permaneciendo intermitentes, hecho que habría desencadenado los cuatro accidentes de tránsito que se produjeron en el lugar durante el último mes. Que ante la gravedad del hecho registrado el día jueves 5 de octubre que se cobró la vida de Pablo Sánchez resulta imprescindible el rápido esclarecimiento de las circunstancias que desencadenaron la muerte del joven de 34 años, tanto lo obrado por el personal policial implicado como por los profesionales médicos que tuvieron a cargo la atención del muchacho fallecido. Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
RESOLUCIÓN Nº 2.380/2023
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Superior Gobierno de la Provincia, para que, a través de los organismos correspondientes, tenga a bien informar acerca de las siguientes cuestiones relacionadas al siniestro vial ocurrido el día 5 de octubre de 2023 entre Pablo Sánchez, un joven repartidor de nuestra ciudad que circulaba en moto y un móvil policial:a) Informe si el móvil policial Nº 9.539, correspondiente a la Policía de Acción Táctica (PAT), se encontraba o no asignado a un procedimiento en particular y/o daba respuesta a un hecho delictivo suscitado en nuestra ciudad; detallando el lugar al cual se dirigía al momento del siniestro y si circulaba con las sirenas encendidas.b) Indique, previa consulta al Departamento Ejecutivo Municipal de nuestra ciudad, si en el horario que se produjo el siniestro, los semáforos de dicha intersección funcionaban correctamente, estaban apagados o funcionaban en intermitente.c) Requiera al organismo pertinente, detalle de:la hora exacta en que se registró el pedido de ambulancia al SIES (Sistema Integrado de Emergencia Sanitaria),el horario preciso en el cual la misma llegó al lugar del siniestro, yla demora registrada para el traslado de Pablo Sánchez al Hospital Anselmo Gamen.d) Detalle la atención médica recibida por el repartidor en el Hospital Anselmo Gamen, precisando:el horario de ingreso a este centro hospitalario,el nombre de los profesionales que tuvieron a su cargo la asistencia de Pablo Sánchez,las intervenciones médicas realizadas en virtud del cuadro que presentaba, yel horario de salida para su derivación al Hospital Provincial de Rosario.e) Informe:el horario de ingreso al Hospital Provincial de Rosario,el nombre de los médicos que se ocuparon de asistir a Pablo Sánchez,la evaluación realizada por éstos del cuadro de gravedad que presentaba el joven,las prácticas médicas efectuadas, yel horario exacto en que se produjo el deceso del mismo.ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.Dado en Sala del Concejo Deliberante, 26 de octubre de 2023.

