ORDENANZA Nº 2987/2023 Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a solicitar a la Secretaría de Integración y Fortalecimiento Institucional del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, que asigne el importe de $ 127.890.358,96 (pesos ciento veintisiete millones ochocientos noventa mil trescientos cincuenta y ocho con 96/100) el que no excede del 50% de los fondos que en virtud de la Ley 12.385 le corresponde a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez para el período 2.023, para ser afectados a Gastos Corrientes, en el marco del artículo 1° de la Ley N°14.203 y su reglamentación.

Expte. Nº 8.218/23

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,

La reciente sanción de la Ley N° 14.203 y teniendo en miras la existencia de la Ley 12.385 y sus Decretos Reglamentarios, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 14.203, sancionada con fecha 29 de junio de 2.023, autoriza a los Municipios y Comunas de la provincia de Santa Fe a afectar, hasta el cincuenta por ciento (50%) de los montos que le correspondan en el ejercicio 2.023 del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamientos y Rodados, según Ley N° 12.385 y modificatorias, para ser aplicados a gastos corrientes. 

Que teniendo en miras que la Municipalidad posee fondos disponibles dentro de la asignación correspondiente al período 2.022 de la ley 12.385, por no haber sido utilizados. 

Que la actual situación económica y financiera del país en general, y de los Municipios en particular, es muy delicada, es conveniente solicitar los beneficios que concede el artículo 1° de la Ley N°14.203; 

 Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.987/2.023

ART.1°) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a solicitar a la Secretaría de Integración y Fortalecimiento Institucional del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, que asigne el importe de $ 127.890.358,96 (pesos ciento veintisiete millones ochocientos noventa mil trescientos cincuenta y ocho con 96/100) el que no excede del 50% de los fondos que en virtud de la Ley 12.385 le corresponde a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez para el período 2.023, para ser afectados a Gastos Corrientes, en el marco del artículo 1° de la Ley N°14.203 y su reglamentación. 

ART.2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de octubre  de 2.023.

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