Expte. Nº 7.292/20
VISTO:
La Ley 2756
La Ordenanza Nº 2746/20, y
CONSIDERANDO:
Que debido a un error de tipeo se menciona en el Art. 2º de la Ordenanza Nº 2746/20 de fecha 23 de diciembre de 2020 …”la suma de 38.213,012 (treinta y ocho mil doscientos trece con 12/100)” cuando lo correcto es $38.213.012 (Pesos Treinta y ocho millones doscientos trece mil doce).
Que es necesario dictar la norma legal a los fines de enmendar el error mencionado anteriormente, procediendo a modificar el Art. 2º de la Ordenanza 2746/20.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.754/2.020
ART.1°) Modifíquese el Art. 2º de la Ordenanza 2746/20, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “ART.2º) Facúltase al Intendente Municipal a gestionar la suma de $38.213.012 (Pesos Treinta y ocho millones doscientos trece mil doce) para el financiamiento del proyecto referido en el art. 1º de la Ordenanza Nº 2746/20”.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de diciembre de 2.020.
