Expte. N° 7.406/21
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,
Plan estratégico para la vacunación contra la COVID-19 en la República Argentina, y
CONSIDERANDO:
Que la situación epidemiológica enfrentada a nivel mundial desde el año 2020 hasta la fecha, la preocupación por la permanencia del virus Sars-Cov-2 y el rebrote de casos en Argentina.
Que, a fines de diciembre de 2020, se dio inicio a la campaña de vacunación contra el Covid-19, la cual tiene como objetivo vacunar a toda la población de manera progresiva, priorizando a la población objetiva: personal de salud, personal estratégico, mayores de 60 años, personas de entre 18 y 59 años con factores de riesgo.
Que es necesario contar con la información sobre el registro de vacunas asignadas a la población de Villa Gobernador Gálvez para poder llevar a cabo un control más detallado y, de esta manera, poder corroborar que el plan de vacunación esté funcionando correctamente y las dosis sean aplicadas a la población objetivo según el cronograma de vacunación por el Ministerio de Salud de Argentina.
Que dicha información, permitirá tener un mejor y actualizado registro de las personas residentes en Villa Gobernador Gálvez consideradas como objetivo a vacunar.
Que es necesario un seguimiento de la utilización del insumo, logrando una mayor transparencia en el desarrollo del plan de vacunación contra el Covid-19.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
RESOLUCIÓN N° 2.206/2021
ART.1°) El Concejo Deliberante solicita al Ministerio de Salud de la Provincia para que, a través del organismo correspondiente, eleve un informe detallado sobre las siguientes cuestiones:
- Cantidad de vacunas destinadas a la ciudad de Villa Gobernador para la campaña de vacunación por Covid-19.
- Cantidad de vacunas aplicadas y porcentaje de cobertura detallando la priorización por etapas en base al protocolo dictado por el Ministerio de Salud de la Nación.
- Cantidad de inscriptos al programa de Vacunación por Covid-19 con domicilio en Villa Gobernador Gálvez y grupo de priorización al que pertenecen.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de mayo de 2.021.
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