Decr. N° 1628/2022 Autorizar al DEM a realizar gestiones para la compra del terreno donde funciona el Club Villa Gobernador Gálvez.

Expte. N° 7.634/22

VISTO:

La Ord. N° 1.904/2010 Coronel Aguirre traspaso de uso público a uso privado la continuación de Pasaje 5.

La Ord. N° 2.216/2014 Autorización de uso de terreno a la Agrupación de Futbol Infantil Estrella del Sur.

La Ord. N° 2.263/2014 Autorización de uso de terreno Club Recreativo, Social y Cultural Libertad.

La Ord. N° 2.275/2014 cesión de uso terreno al Club Social y Deportivo Junin.

La Ord. N° 2281/2015 Coronel Aguirre, eximición de pago, permiso de edificación.

La Ord. N° 2422/2016 cesión de uso de terreno al Club Infantil General Paz.

La Ord. N° 2.452/2017. Autorización de uso de terreno a la Agrupación de Futbol Infantil Estrella del Sur por 10 años, y

CONSIDERANDO:
RESEÑA

Que la Asociación Civil Centro Cultural y Deportivo Villa Gobernador Gálvez tiene una historia muy particular. Surge a partir de un desprendimiento del pasado Centro Cultural y Deportivo del Personal del Frigorífico Paladini.

Que tal institución disputaba los partidos del torneo Inter Industrial. Luego la Liga de la Facultad. En 1991 es invitado a participar de la divisional “B” de la Asociación Rosarina de Fútbol, donde asciende a la división “A”, posteriormente Paladini obtiene el Torneo Gobernador Molina año 1994, junto a otras categorías inferiores. Fue una histórica conquista.

Que en 1997 unos de los directores del frigorífico toma la decisión de desafiliarse de la A.R.F. donde el club tenía la posibilidad de seguir funcionando, pero ya no podía continuar federado.

Que todo ocurrió en forma sorpresiva de modo que formaron una nueva comisión para la institución y las nuevas autoridades tomaron la decisión y optaron por hacerse cargo del compromiso que tenían con los jugadores (algo más de 250 chicos). La mayoría no pertenecían al frigorífico sino que eran hijos y nietos de los trabajadores de Paladini, también había quienes se acercaban al club porque observaban el crecimiento paulatino del establecimiento deportivo.

Que la idea de la Comisión Directiva fue siempre preservar la afiliación en la Liga Rosarina, la categoría “A”.

Que, gracias al aval del Presidente de la Asociación Rosarina de Fútbol se permitió que la entidad continúe su curso, pero en este caso con un nombre distinto. Es allí donde nació el Centro Cultural y Deportivo Villa Gdor. Gálvez.

Que a partir de ese momento surgieron innumerables inconvenientes entre ellos, el de la cancha propia. El renovado Club Gálvez carecía de un predio en donde poder trabajar y por ello vivió inconvenientes económicos de todo tipo, las personas que en ese momento integraban la Comisión Directiva tuvieron que luchar mucho para conseguir que le presten o alquilen un reducto y así poder seguir funcionando.

Que la institución se mantuvo en la máxima categoría de la Asociación Rosarina durante dos años, pero tiempo después descendió. Económicamente era cada vez más costoso sostener en pie al club. La gente comenzó a descreer de la Comisión Directiva y se comentaba que si no existía más Paladini, no existía absolutamente nada.

Que en ese momento hubo una real virtud de aquellos que estaban al frente del club, manteniendo una mecha encendida, y una pequeña llama que les permitió ir logrando nuevos objetivos, la intención de las autoridades fueron siempre rodearse de gente que tenga afecto por la entidad.

Que en el año 2005 después de varios años de lucha se obtuvo la Personería Jurídica con el N° 1378/05, se le colocaron al club los colores azules y blancos, y de allí en más la ilusión volvió a regenerarse sobre todo.

Que hoy villa Gdor. Gálvez compite en la liga rosarina, una de las ligas más prestigiosas del país. Además trabaja con 15 categorías de chicos que van desde los 5 a los 25 años de edad.

Que en el año 2011 obtuvo el título de la copa Mariano Reyna de la tercera división y gracias a ello pudo ascender a la categoría “B”. Manteniendo esta categoría hasta el presente.

Que uno de los anhelos más importantes del club, es contar con un campo de juego que sería esencial para el desarrollo en el tiempo.

Que el club en la actualidad cuenta con un campo de juego que fue cedido en comodato en varias oportunidades.

Que el terreno donde funciona la institución en la actualidad está en venta por Carolina S.A.

Que la falta de terrenos municipales con dimensiones para campos deportivos con las condiciones que exige un lugar así, son escasos en la ciudad y que sería virtuoso para el Departamento Ejecutivo Municipal poder comprarlos para fines deportivos.

Que existe la necesidad de contener a los adolescentes y niños que terminan el fútbol infantil en clubes juveniles.

Que el F.A.D. (Ord. 2244/14) es una herramienta con la que cuenta el Municipio y dicho fondo prevé la confección de proyectos especiales como la compra de tierra y proyectos especiales.

Que el club Villa Gobernador Gálvez, lleva y representa el nombre de nuestra ciudad y no posee tierras ni municipales ni propias.

Que es necesario que el club que represente al barrio donde se encuentra actualmente implantado tenga su propio predio deportivo.

Que la adquisición del inmueble es beneficiosa para la reorganización deportiva de nuestra ciudad, y que para ellos sería de vital importancia contar con aportes no solo del municipio, sino del Gobierno Provincial.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 1.628/2.022

ART.1°) El Concejo Deliberante autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la compra  de la fracción de terreno en la Sección Catastral N°5, Manzana Polígono A Parcela 7/2 lote A1, ubicado en el límite Sur con calle Constitución, al Norte lindero a lotes particulares, al Este calle Alvear y al Oeste J.Marmol, propiedad Carolina S.A., Catastro N°15672, P.I.I. N° 344164/0002-1; las medidas definitivas de superficie, linderos y demás datos serán las que resulten del plano de mensura que se efectuará oportunamente y que será confeccionado por el Área Municipal que corresponda.

ART.2°) El Concejo Deliberante autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a la utilización de los fondos disponibles en la cuenta 0.1.1/02.01.09.03 “Fondo Asistencia al Deporte”, desde el día 1 de abril del corriente.

ART.3°)  Con respecto a la autorización establecida en el artículo precedente, los fondos podrán utilizarse del 50 % que dispone el Departamento Ejecutivo Municipal; la forma de pago quedará a convenir entre el municipio y el o los titulares de las parcelas establecidas en el Art. 1°.

ART.4°)  El valor final de la tierra se deducirá de la tasación, de por lo menos dos Inmobiliarias de la ciudad.

ART.5°)  Una vez realizada la compra, otórgase en comodato por 10 años a la Asociación Civil Centro Cultural Atlético y Deportivo de Villa Gobernador Gálvez con Personería N°1378/07, quienes deberán acreditar la documentación pertinente que demuestre el cumplimiento de la totalidad de las inscripciones de ley ante la Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia.

ART.6°)  El comodato otorgado en el artículo precedente podrá ser cancelado por parte del departamento ejecutivo municipal en caso de no ser utilizado con fines estrictamente deportivos.

ART.7°) Una vez concluida la cesión, todo lo plantado en la parcela quedará de uso exclusivo del Departamento Ejecutivo Municipal.

ART.8°) El Departamento Ejecutivo deberá gestionar aportes provinciales para garantizar lo establecido en el artículo 1°.

ART.9°) El Departamento Ejecutivo queda autorizado a recibir aportes económicos de particulares y la misma institución beneficiada, para lograr el fin de la presente.

ART.10°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 07 de abril de 2022.

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