Resol. N° 2282/2022 Solicitar al Gobierno Provincial la revisión y la reparación del equipamiento médico en el Hospital Dr. Anselmo Gamen.

Expte. N° 7.744/22

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756. 

El reclamo de los vecinos,  y

CONSIDERANDO:

Que en reiteradas ocasiones los pacientes del Hospital Dr. Anselmo Gamen reclaman que por el mal funcionamiento de los equipamientos médicos no se pueden  realizar los estudios en la guardia.

Que el pasado fin de semana, familiares de un paciente que asistió a la misma manifestaron que el mismo ingresó con presión arterial alta y que luego de darle la medicación correspondiente, procedieron a realizarle un electrocardiograma y que ante el tercer intento fallido, el profesional habría explicado que el instrumental no funcionaba bien y que era necesario la asistencia de  un técnico para repararlo; situación que se repite con otros tipos de equipamientos.

Que, por tal motivo, en caso de corroborarse la veracidad de estos dichos, sería conveniente que el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe envíe al Hospital Dr. Anselmo Gamen personal técnico para la reparación de los equipamientos en mal funcionamiento y verifique si existe un plan de actualización de todo el equipamiento médico  que cuenta el hospital.

Que es obligación del Concejo Deliberante bregar por la buena atención en materia de salud pública para toda la población.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

RESOLUCIÓN Nº 2.282/2.022

ART.1°) El Concejo Deliberante le solicita al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe gestione, a través de los medios que considere oportunos la revisión y la reparación en caso de corresponder, del equipamiento médico que se encuentra actualmente en  funcionamiento  en  el Hospital Dr. Anselmo Gamen.

ART.2°) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez se dirige al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe con el fin de solicitar información sobre un plan de actualización de los equipamientos médicos, si lo hubiera, en la institución mencionada en el artículo primero.                                            

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de junio  de 2.022

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