Expte. Nº 8.004/22
VISTO:
Las disposiciones que en materia presupuestaria prevé la Ley 2756, Orgánica de Municipalidades, y
CONSIDERANDO:
Que se tuvo en consideración para la confección del presupuesto el contexto inflacionario que atraviesa nuestro país. Que además se contempló para los gastos corrientes necesidades puntuales; para el funcionamiento del municipio y de asistencia a la comunidad.
Que el presupuesto del Cálculo de Recursos año 2023 incluye RECURSOS CORRIENTES Y RECURSOS DE CAPITAL. Respecto a los Recursos Corrientes de Jurisdicción Propia, estos pueden ser Tributarios y No Tributarios e incluye Tasas, Derechos tanto del Ejercicio como de Ejercicios Anteriores y los servicios que brinda la Administración Pública Municipal a los contribuyente de la ciudad, para la estimación de los mismos, excepto el DREI, se consideró un aumento del 60% (sesenta por ciento), teniendo en cuanta lo verdaderamente Apropiado a las Arcas Municipales en el año 2022 y la posible tasa de Inflación para el Ejercicio Fiscal 2023.
Que respecto al Derecho de Registro e Inspección, siendo este un tributo cuya base imponible es declarada por los contribuyentes y depende de la Actividad Comercial, Industrial y/o de Servicios con pautas establecidas por las políticas económicas tanto Nacional como Provincial, por lo que para su estimación se tuvo en cuenta lo Apropiado en el año 2022 más un 90% (Noventa por ciento) de aumento, que incluye la estimación de la tasa de Inflación, así como también la posibilidad que el municipio ofrece a los contribuyentes de este Tributo a través de los Planes y Facilidades de Pago Permanentes, de manera que los mismos puedan saldar sus obligaciones tributarias sin que ello afecte a sus finanzas y poder seguir con su proceso comercial, productivo y de servicios.
Que respecto a los Recursos Corrientes de Otras Jurisdicciones, debemos mencionar a las Coparticipaciones tanto Provinciales ( Directas e Indirectas) como a las Nacionales ( Coparticipación Indirecta), cuya estimación se proyectó en función de los siguientes parámetros: Las Provinciales Directas se estimaron de acuerdo al aumento estimado para esos Tributos ( Patente, Inmobiliario, Casino, Lotera, ASSAL y otros que puedan aparecer) a nivel Provincial.
Que la estimación de la Coparticipación Provincial y Nacional de Impuestos Indirectos se consideró teniendo en cuenta lo apropiado en el ejercicio 2022 más un posible aumento de la Tasa de Inflación y el aumento de la recaudación tributaria (Base Imponible declarada por los Contribuyentes) a través de los planes de Pago que ofrecen los Gobiernos tanto a Nivel Nacional como Provincial y una posible reactivación económica.-
Que respecto a las Transferencias Corrientes del Sector Publico tanto Nacional como Provincial, se procede a detallar lo siguiente: Los montos estimados por la Subsecretaria de Desarrollo Social, basándose en los montos recibidos durante el corriente ejercicio y la tendencia con el que se aumentan los Programas ejercicio a ejercicio son:
| PROGRAMA | ESTIMADO |
| Área de la Mujer y Políticas de Genero | $ 4.000.000 |
| Accionar | $ 60.000.000 |
| Social Nutricional -PRO.SO.NU.- | $ 16.800.000 |
| Centros de Día | $ 6.700.000 |
| Servicios de Promoción y Protección de Derechos -Niñez- | $ 3.600.000 |
| Red de Casas de Protección y Fortalecimiento Mujeres Trans Feminizadas | $ 3.450.000 |
Que los montos estimados por la Subsecretaria de Producción, basándose en los montos recibidos durante el corriente ejercicio y la tendencia con el que se aumentan los Programas ejercicio a ejercicio son:
| PROGRAMA | ESTIMADO |
| Santa Fe Capacita | $ 4.800.000 |
| Santa Fe Mas | $ 7.200.000 |
Que los montos estimados por la Secretaria de Salud, basándose en los montos recibidos durante el corriente ejercicio y la tendencia con el que se aumentan los Programas ejercicio a ejercicio son:
| PROGRAMA | ESTIMADO |
| Políticas de Salud – Convenio 7813/17 | $ 80.000.000 |
| Plan Nacer – Programa Sumar | $ 13.100.000 |
| Proteger – CS Evita | $ 510.000 |
| Proteger – CS San Enrique | $ 260.000 |
Que se considera la suma de $ 226.601.416,85 (pesos doscientos veinte seis millones seiscientos un mil cuatrocientos dieciséis con 85/100) para el FONDO DE OBRAS MENORES Y ADQUISICION DE EQUIPAMIENTO Y RODADOS, se contempló un incremento porcentual del 50%.-
Que se considera la suma de $ 80.001.918,91(ochenta millones un mil novecientos dieciocho con 91/100) como FONDO FINANCIAMIENTO EDUCATIVO, se contempló un incremento porcentual del 40%.-
Del Ejercicio Anterior:
Que se considera la suma de $ 2.421.800 (pesos dos millones cuatrocientos veintiún mil ochocientos con 00/100) para el Programa APRECOD de acuerdo a la Resolución MDS N° 1305/2022 (29/11/22).-
Que se considera la suma de $ 9.683.600 (pesos nueve millones seiscientos ochenta y tres mil seiscientos con 00/100) para el PLAN PACHAMAMA destinada a la “EJECUCION DE 4 SOLUCIONES HABITACIONALES EN EL MARCO DEL PLAN PACHAMAMA: BIOCONSTRUCCION Y GOCE DE DERECHOS DE MUJERES Y DISIDENCIAS – MUNICIPALIDAD DE VILLA GOBERNADOR GALVEZ – DEPARTAMENTO ROSARIO” de acuerdo al Decreto Provincial N° 2428/2022 (17/11/2022).-
Que la suma de $ 2.000.000 (pesos dos millones con 00/100) es el saldo de libre disponibilidad del PROGRAMA CENTROS DE DIA del Ejercicio 2022.-
Que la suma de $21.201.741,88 (pesos veintiún millones doscientos un mil setecientos cuarenta y uno con 88/100) del PROGRAMA INCLUIR – PROYECTO ACCESIBILIDAD A CENTROS DE SALUD corresponde a la 4° entrega y última (saldo 20%).-
Que la suma de $10.000.000 (pesos diez millones con 00/100) es el saldo de libre disponibilidad del PROGRAMA ATENCION GOBIERNOS LOCALES EMERGENCIA COVID-19 del Ejercicio 2022.-
Que la suma de $ 2.000.000 (pesos dos millones con 00/100) de POLITICAS DE SALUD CONVENIO N° 7813/17 corresponde al PERIODO 12/2022.-
Que la suma de $ 354.000 (pesos trescientos cincuenta y cuatro mil con 00/100) es el saldo de libre disponibilidad del PROGRAMA SANTA FE CAPACITA del Ejercicio 2022.-
Que la suma de $ 350.000.000 (pesos trescientos cincuenta millones con 00/100) de la OBRA LA PALOMA – DESAGUES, PAVIMENTO, VEREDAS corresponde al fondo contemplado para el proyecto durante el Ejercicio 2022, sin percepción de fondos a momento.-
Que la suma de $ 81.135.495 (pesos ochenta y un millones ciento treinta y cinco mil cuatrocientos noventa y cinco con 00/100) del PLAN INCLUIR – PROVISION Y COLOCACION DE 3500 LUMINARIAS corresponde al saldo del 60% del proyecto.-
Que la suma de $205.915.102,59 (pesos doscientos cinco millones novecientos quince mil ciento dos con 59/100) de ENOHSA – CLOACAS corresponde al fondo contemplado para el proyecto durante el Ejercicio 2022, sin percepción de fondos a momento.-
Que la suma de $80.000.000 (pesos ochenta millones con 00/100) de ENACOM – FIBRA OPTICA corresponde al fondo contemplado para el proyecto durante el Ejercicio 2022, sin percepción de fondos a momento.-
Que la suma de $59.305.556,10 (pesos cincuenta y nueve millones trescientos cinco mil quinientos cincuenta y seis con 10/100) del PROGRMA DE INCLUSION ELECTRICA NACIONAL “PROINEN” corresponde al saldo del 70% del total de proyecto.-
Que la suma de $ 2.700.000 (pesos dos millones setecientos mil con 00/100) del PROGRAMA ESPECIAL AREA POLITICAS DE GENERO corresponde al fondo contemplado para el proyecto durante el Ejercicio 2022, sin percepción de fondos a momento.-
Que la suma de $207.934.236,13 (pesos doscientos siete millones novecientos treinta y cuatro mil doscientos treinta y seis con 13/100) del FONDO DE OBRAS MENORES Y ADQUISICION DE EQUIPAMIENTOS Y RODADOS corresponde a: $56.866.624,90 (pesos cincuenta y seis millones ochocientos sesenta y seis mil seiscientos veinte cuatro con 90/100) saldo 2021 y $ 151.067.611,23 (pesos ciento cincuenta y un millones sesenta y siete mil seiscientos once con 23/100) total asignado a 2022.-
Que la suma de $28.000.956,91 (pesos veintiocho millones novecientos cincuenta y seis con 91/100) del FONDO FINANCIAMIENTO EDUCATIVO corresponde a los PERIODOS 7 – 12/2022.-
Que el Financiamiento está compuesto por el Remanente de Ejercicios Anteriores-Saldos No Invertidos tanto Municipales, Provinciales como Nacionales y por el ENDEUDAMIENTO a nivel provincial –Préstamos del Gobierno Provincial ( PROMUDI)
Que vivimos en contexto inflacionario expresado precedentemente, y si bien en este sentido, la economía parecía estancarse en un piso de inflación del 6% mensual, el actual programa de Precios Justos (ahora ampliado también a combustibles) en conjunto con meses de mayor estacionalidad en la demanda de dinero, podrá generar cierta merma en el ritmo de aumento de los precios”, informes de distintas consultoras y concluyeron: “De todos modos, el desafío tomará lugar una vez que el programa termine y las empresas deban reajustar precios para recuperar la rentabilidad perdida, lo cual podría amenazar con realimentar la inercia inflacionaria, principal componente que busca atacar el Gobierno. No obstante, en virtud de una alta nominalidad en el resto de los rubros, un ritmo de devaluación más alto y reaperturas de paritarias, esperamos que la inflación alcance el 110% anual para 2023”.
Que la corrección de los precios relativos de la economía le pone presión al gasto de la familia con mayor incremento en los próximos meses en el rubro servicios. Una familia tipo de 4 integrantes (dos adultos y 2 niños en edad escolar) ya comienza a sentir el ajuste fiscal en sus administración hogareña con el nuevo esquema tarifario en donde la luz (quita de subsidios en 3 tramos de 20%) que pagaba $4,500 en septiembre 2022, al finalizar el mes de marzo 2023 terminaría pagando $7.776; de agua (se aguarda que en noviembre se tenga el 45% del subsidio, en enero 2023 el 30% y marzo 2023 el 15%) pasaría de pagar $800 a $3.900; lo mismo ocurriría con el gas (aumentos en tres tramos, 20%,24% y 26%) con lo que el valor pasa de $3.500 en septiembre a $5.468 en marzo 2023. Alquilar un departamento de 3 ambientes (se tomó un contrato en el marzo 2020 a $40.000 y se ajustó por el Índice de Contrato de Locación de BCRA para el 2021 y finalmente por el dato del REM) esta familia pasó pagar $60.000, a partir de marzo 2021, a $114.000 a partir de marzo 2023, lo cual conllevara a una AYUDA SOCIAL que se incrementara en forma exponencial.
En cuanto a otros gastos fijos significativos para el funcionamiento de este municipio como el combustible se contempla a empresas como Shell, Axion, a la estatal YPF y otras denominadas de Bandera Blanca, en el marco de un plan que también prevé la suba del precio en enero, febrero y marzo de 2023. Al aplicarse la nueva actualización en los precios, la nafta súper costará un 66,92% más que al inicio de 2022, con una misma proyección para el resto del año 2023.-
Las transferencias a sectores privados provenientes de ordenanzas vigentes como por ejemplo
| Asociación Bomberos Voluntarios – FONDEPRO | $ 20.621.299,05 |
| Asociación de Comercio e Industria – FONDEPRO | $ 32.994.078,47 |
| Área Industrial de Desarrollo – FONDEPRO | $ 8.248.519,62 |
| Comisión Apoyo a la Seguridad – FONDEPRO | $ 20.621.299,05 |
| Hospital Gamen – TASA SANITARIA | $ 11.414.410,80 |
| Asociación Bomberos Voluntarios | $ 393.679,55 |
Que a tal efecto se han finalizado los estudios pertinentes por parte de las distintas Secretarias y Dependencias Municipales, dando como resultado el siguiente detalle:
| Objeto 1 | Objeto 2 | Importe Total |
| BIENES.DE.CONSUMO | OTROS.BIENES.DE.CONSUMO | $ 53.709.148,98 |
| PROD.ALIMENTICIOS.AGROPECUARIOS.Y.FORESTALES | $ 377.880.331,37 | |
| PROD.MINERALES.METALICOS.Y.NO.METALICOS | $ 95.298.583,44 | |
| PRODUCTOS.DE.CUERO.Y.CAUCHO | $ 38.726.608,34 | |
| PRODUCTOS.DE.PAPEL.CARTON.E.IMPRESOS | $ 18.218.731,00 | |
| PRODUCTOS.QUIMICOS.COMBUSTIBLES.Y.LUBRICANTES | $ 158.346.880,20 | |
| REPUESTOS.Y.ACCESORIOS | $ 30.105.068,14 | |
| TEXTILES.Y.VESTUARIOS | $ 41.370.729,00 | |
| UTILES.Y.MATERIALES.ELECTRICOS | $ 12.407.099,77 | |
| BIENES.DE.USO | ACTIVOS.INTANGIBLES | $ 30.000,00 |
| BIENES.PREEXISTENTES | $ 378.601,00 | |
| CONSTRUCCIONES | $ 1.108.654.311,96 | |
| MAQUINARIA.Y.EQUIPOS | $ 451.490.724,27 | |
| GASTOS.FIGURATIVOS | CONCEJO DELIBERANTE | $ 336.682.000,00 |
| PERSONAL | ASIGNACIONES.FAMILIARES | $ 18.000.000,00 |
| ASISTENCIA.SOCIAL.AL.PERSONAL | $ 15.000.000,00 | |
| NO.PERM.AUT.SUPERIORES.P.LEGIS.Y.DE.CTROL. | $ 130.220.000,00 | |
| P.NO.PERMANENTE.CONTRATADO | $ 546.200.000,00 | |
| P.NO.PERMANENTE.TRANSITORIO | $ 67.940.000,00 | |
| PERSONAL.PERMANENTE | $ 4.419.102.839,37 | |
| SERVICIO.DE.LA.DEUDA.PUBLICA.Y.DISMINUCION.DE.OTROS.PASIVOS | AMORTIZACION.DE.PRESTAMOS.O.FINANCIAMIENTO.A LARGO PLAZO | $ 5.671.017,70 |
| INTERESES PARA PRESTAMOS.O.FINANCIAMENTOS RECIBIDOS | $ 4.282.244,45 | |
| SERVICIOS.NO.PERSONALES | ALQUILERES.Y.DERECHOS | $ 23.677.348,00 |
| MANTENIMIENTO.REPARACION.Y.LIMPIEZA | $ 121.803.033,52 | |
| OTROS.SERVICIOS | $ 407.695.000,00 | |
| SERVICIOS.BASICOS | $ 180.000.000,00 | |
| SERVICIOS.COMERCIALES.FINANCIEROS.PUBLICIDAD.Y PROPAGANDA | $ 29.820.000,00 | |
| SERVICIOS.PUBLICOS.EJECUTADOS.POR.TERCEROS | $ 286.000,00 | |
| SERVICIOS.TECNICOS.Y.PROFESIONALES | $ 231.489.276,57 | |
| TRANSFERENCIA | TRANSFERENCIAS.AL.SECTOR.PRIVAD.PARA.EGRESOS CORRIENTES | $ 216.884.410,80 |
| TRANSFERENCIAS.AL.SECTOR.PRIVAD.PARA.EGRESOS.DE CAPITAL | $ 9.683.600,00 | |
| Total general | $ 9.151.053.587,86 | |
Por todo lo expuesto es necesaria la evaluación pertinente a los fines de un correcto manejo administrativo y control presupuestario; para el normal desenvolvimiento de la actividad municipal.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.944/2.022
ART.1°) Fijase en la suma de $ 9.145.382.570,16 (Pesos nueve mil ciento cuarenta y cinco millones trescientos ochenta y dos mil quinientos setenta con 16/100) el total de Erogaciones del Presupuesto de Gastos de la Administración Municipal para el año 2023, conforme al siguiente resumen:
| RENTAS GENERALES | RENTAS ESPECIALES | RENTAS AFECTADAS | TOTAL | |
| EROGACIONES CORRIENTES | 6.974.924.809,39 | 178.427.966,20 | 431.476.157,34 | 7.584.828.932,93 |
| OPERACIÓN | 6.571.621.595,92 | 178.427.966,20 | 267.247.115,56 | 7.017.296.677,68 |
| Personal | 4.986.320.000,00 | 128.142.839,37 | 82.000.000,00 | 5.196.462.839,37 |
| Bs. Y Serv. No Pers. | 1.585.301.595,92 | 50.285.126,83 | 185.247.115,56 | 1.820.833.838,31 |
| INTERESES DE LA DEUDA | 4.282.244,45 | – | – | 4.282.244,45 |
| TRANSFERENCIAS | 62.338.969,02 | – | 164.229.041,78 | 226.568.010,80 |
| A CLASIFICAR | – | – | – | – |
| CONCEJO DELIBERANTE | 336.682.000,00 | – | – | 336.682.000,00 |
| EROGACIONES DE CAPITAL | 280.852.473,54 | 21.606.115,71 | 1.258.095.047,98 | 1.560.553.637,23 |
| INVERSION REAL | 280.852.473,54 | 21.606.115,71 | 1.258.095.047,98 | 1.560.553.637,23 |
| Bienes de Capital | 124.272.473,54 | 1.500.000,00 | 326.126.851,73 | 451.899.325,27 |
| Trabajos Públicos | 156.580.000,00 | 20.106.115,71 | 931.968.196,25 | 1.108.654.311,96 |
| BIENES PRE-EXISTENTES | – | – | – | – |
| INVERSION FINANCIERA | – | – | – | – |
| Aportes de Capital | – | – | – | – |
| Préstamos | – | – | – | – |
| TOTALES | 7.255.777.282,93 | 200.034.081,91 | 1.689.571.205,32 | 9.145.382.570,16 |
ART.2°) Estimase en la suma de $ 9.012.157.577,10 (Pesos nueve mil doce millones ciento cincuenta y siete mil quinientos setenta y siete con 10/100) el Cálculo de Recursos destinado a atender las Erogaciones a que se refiere el Artículo N° 1, de acuerdo con la distribución, resumen que se indica a continuación:
| RENTAS GENERALES | RENTAS ESPECIALES | RENTAS AFECTADAS | TOTAL | |
| RECURSOS CORRIENTES | 7.260.363.300,63 | 200.034.081,91 | 1.550.675.194,56 | 9.011.072.577,10 |
| JURISDICCION PROPIA | 3.730.040.749,41 | 200.034.081,91 | 87.750.350,98 | 4.017.825.182,30 |
| TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO | 2.605.229.976,69 | 199.070.268,20 | 87.750.350,98 | 2.892.050.595,87 |
| Tasas y Derechos | 2.605.186.003,20 | 199.070.268,20 | 87.750.350,98 | 2.892.006.622,38 |
| Contribución de Mejoras | 43.973,49 | – | 43.973,49 | |
| NO TRIBUTARIOS DEL EJERC. | 139.765.420,51 | – | 139.765.420,51 | |
| TRIBUTARIOS EJERC.ANTER. | 614.444.997,62 | – | 614.444.997,62 | |
| NO TRIBUTARIOS EJERC.ANTER. | – | – | – | |
| SERVICIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA | 28.220.477,70 | – | 28.220.477,70 | |
| RENTAS DE LA PROPIEDAD | 339.846.543,56 | 963.813,71 | 340.810.357,27 | |
| TRANSFERENCIAS CORRIENTES DEL SECTOR PRIVADO | 2.533.333,33 | – | 2.533.333,33 | |
| DE OTRAS JURISDICCIONES | 3.530.322.551,22 | – | 1.462.924.843,58 | 4.993.247.394,80 |
| – | ||||
| COPARTICIPACION DEL EJERCICIO | 3.279.297.903,71 | – | 3.279.297.903,71 | |
| COPART.EJERC. ANTERIOR | 251.024.647,51 | – | 251.024.647,51 | |
| APORTES NO REINTEGRABLES | – | |||
| DEL EJERCICIO | – | 427.021.416,86 | 427.021.416,86 | |
| APORTES NO REINTEGRABLES | – | |||
| EJERCICIOS ANTERIORES | – | – | 1.035.903.426,72 | 1.035.903.426,72 |
| RECURSOS DE CAPITAL | 1.085.000,00 | – | 1.085.000,00 | |
| REEMBOLSO DE PRESTAMOS | – | – | – | |
| VENTA ACTIVO FIJO | 1.085.000,00 | – | 1.085.000,00 | |
| OTROS RECURSOS DE CAPITAL | – | – | – | |
| – | ||||
| TOTALES | 7.261.448.300,63 | 200.034.081,91 | 1.550.675.194,56 | 9.012.157.577,10 |
ART.3°) Fijase en la suma de $ 5.671.017,70 (Pesos cinco millones seiscientos setenta y un mil diecisiete con 70/100), el importe de las Otras Erogaciones que se detallan a Continuación:
| RENTAS GENERALES | RENTAS ESPECIALES | TOTAL | |
| OTRAS EROGACIONES | |||
| EROGACIONES PARA ATENDER LA AMORTIZACION DE DEUDA | 5.671.017,70 | – | 5.671.017,70 |
| Amortización Deuda Pública | – | – | – |
| Amortización Ajuste Deuda Pública | – | – | – |
| Amortización Otras Deudas | 5.671.017,70 | – | 5.671.017,70 |
| Amortización Ajuste Otras Deudas | – | – | – |
| EROGACIONES PARA ATENDER ADELANTOS A PROVEEDORES Y CONTRATISTAS | – | – | – |
| TOTAL OTRAS EROGACIONES | 5.671.017,70 | – | 5.671.017,70 |
ART.4°) Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes estimase el siguiente Balance Preventivo:
TOTAL
I – TOTAL DE EROGACIONES S/ART. 1° Y 3° 9.151.053.587,86
II – TOTAL DE RE CURSOS S/ART.2° 9.012.157.577,10
III – NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 138.896.010,76
ART.5°) Estímase en la suma de $ 138.896.010,76 (Pesos ciento treinta y ocho millones ochocientos noventa y seis mil diez con 76/100) el Financiamiento de la Administración Municipal, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación:
| RENTAS GENERALES | RENTAS ESPECIALES | RENTAS AFECTADAS | TOTAL | |
| FINANCIAMIENTO | ||||
| 2-USO DEL CREDITO | – | – | 15.672.527,30 | 15.672.527,30 |
| Aportes reintegrables provenientes del Estado Provincial o Nacional | – | – | – | – |
| Préstamos Bancarios | – | – | – | – |
| Préstamos Gobierno Provincial | – | – | 15.672.527,30 | 15.672.527,30 |
| Préstamos Gobierno Nacional | – | – | – | – |
| 3-ADELANTOS OTORGADOS A PROVEEDORES EN EJERCICIOS ANTERIORES | – | – | ||
| 4-REMANENTE EJERCICIOS ANTERIORES | – | – | 123.223.483,46 | 123.223.483,46 |
| 5-ANTICIPO DE TASAS, DERECHOS Y CONTRIBUC. | – | – | ||
| TOTAL DE FINANCIAMIENTO | – | – | 138.896.010,76 | 138.896.010,76 |
I – NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 138.896.010,76
II- TOTAL DE FINANCIAMIENTO 138.896.010,76
RESULTADO PRESUPUESTO EQUILIBRADO
========================
ART.6°) Fijase en 1199 (un mil ciento noventa y nueve) el número de cargos presupuestados de la Planta de Personal Total (Ocupados y Vacantes) que se detalla en Cuadro Anexo y que forma parte de la presente Ordenanza.-
ART.7°) El Departamento Ejecutivo podrá disponer las reestructuraciones y modificaciones que considere necesarios con la única limitación de no alterar el total de erogaciones fijadas en la presente Ordenanza.
Queda exceptuado de lo previsto precedentemente las erogaciones cuyo financiamiento deriven de la adhesión a Leyes, Decretos o Convenios Nacionales o Provinciales que respondan a una afectación específica. –
ART.8°) Autorízase al Departamento Ejecutivo a modificar el Presupuesto General incorporando las Partidas Específicas necesarias o incrementando las ya previstas cuando deba realizar Erogaciones originadas por la adhesión a Leyes, Decretos o Convenios Nacionales o Provinciales de vigencia en el ámbito Municipal. Dicha autorización estará limitada a los aportes que a tal efecto disponga el Gobierno Nacional o Provincial, no pudiendo ser modificado el Balance Financiero Preventivo.-
ART. 9°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de diciembre de 2.022.
