DECRETO Nº 1867/2023 El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de las Secretarías que corresponda, realice en la intersección de las calles Buenos Aires y Gral. Levalle al oeste de las vías del ferrocarril del Nuevo Central Argentino (NCA)

Expte. N° 8.119/23

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756

La Intersección de Buenos Aires y Gral. Levalle al oeste de las vías del ferrocarril del Nuevo Central Argentino (NCA),

            El pedido de vecinos y vecinas del lugar, y

CONSIDERANDO:

            Que calle Buenos Aires y Gral. Levalle en la sección catastral n.º 12 son de doble sentido de circulación y ambas se unen en una intersección al oeste de las vías del ferrocarril del Nuevo Central Argentino (NCA).

            Que en la intersección señalada en el párrafo precedente, las arterias mencionadas se angostan con respecto a su estructura de calzada conformando una curva que solo permite el paso de un vehículo.

            Que el lugar descripto se convierte en lo que comúnmente se denomina cuello de botella, produciéndose en el sector en repetidas ocasiones el encuentro de dos vehículos en sentidos de circulación antagónicos que no pueden transitar debido a que el ancho de calle no los alberga.

            Que los automovilistas llegan al lugar denunciado algunas veces a alta velocidad de circulación y ante el desconocimiento del inconveniente vial en cuestión se producen maniobras de frenados y/o evasivas al encontrarse con otro similar que transita el lugar en sentido contrario.

            Que además de toda la problemática referida, el escenario exacerba los riesgos para con la integridad física de las personas debido a que no existen veredas apropiadas en dicha curva para ser utilizadas por los ocasionales peatones.

            Que la inconveniencia relatada más arriba empeora a las horas de ingreso y egreso escolar debido a la gran cantidad de niños y niñas que caminan por ahí por la presencia del establecimiento educativo Cecilia Grierson a doscientos metros del lugar.

            Que es necesario realizar diversas tareas viales en el sitio, a saber :  instalación de reductores de velocidad para regular la dinámica con que los automovilistas transitan la zona, colocar señalización vertical que advierta la condición de la curva que por el ancho de la calzada solamente permite el paso de un vehículo y por último construir las veredas pertinentes para ser utilizadas de manera segura por los peatones en el lugar.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 1.867/2.023

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de las Secretarías que corresponda, realice en la intersección de las calles Buenos Aires y Gral. Levalle al oeste de las vías del ferrocarril del Nuevo Central Argentino (NCA) los siguientes trabajos:

  1. Instalación de reductores de velocidad para regular la dinámica con que transitan los automovilistas.
  2. Colocación de señalización vertical para advertir la condición de calzada angosta.
  3. Construcción de las veredas pertinentes para el tránsito peatonal seguro.

ART.2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 15 de junio de 2.023.

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