Expte. N° 8.226/23
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756
La enfermedad infecto contagiosa conocida como Dengue, transmitida por el mosquito Aedes aegypti,
Las normativas emitidas por este órgano con respecto a campañas de fumigación en la ciudad,
La llegada de la época estival con las consiguientes lluvias y mayor presencia de mosquitos, y
CONSIDERANDO:
Que el Dengue es una enfermedad viral transmitida por la picadura del mosquito Aedes aegypti. Cuando el mosquito se alimenta con sangre de una persona enferma de dengue y luego pica a otras personas les transmite esta enfermedad. El contagio se produce principalmente por la picadura de los mosquitos infectados, nunca de una persona a otra, ni a través de objetos o de la leche materna.
Que la enfermedad mencionada más arriba presenta fiebre acompañada de uno o más de los siguientes síntomas:
● Dolor detrás de los ojos, de cabeza, muscular y de articulaciones
● Náuseas y vómitos
● Cansancio intenso.
● Aparición de manchas en la piel
● Picazón y/o sangrado de nariz y encías
Que ante la aparición de los síntomas recientemente descriptos se debe acudir al centro de salud de inmediato para recibir el tratamiento adecuado. Si al momento de disminuir la fiebre o en los días posteriores, alguno de los síntomas se agudiza, reaparece o se detectan síntomas nuevos, acudir al centro de salud a la brevedad nuevamente.
Que ante lo señalado en el párrafo precedente es de gran importancia no automedicarse, la rápida asistencia al centro de salud y si el diagnóstico es Dengue, no dejar de acudir a los controles diarios.
Que para esta enfermedad no hay vacuna ni tratamiento específico. Por ello, el tratamiento es fundamentalmente sintomático. A las personas infectadas se les recomienda tomar abundante agua para reponer líquidos y realizar control y seguimiento médico diario.
Que como no existen vacunas que prevengan el dengue ni medicamentos que lo curen, la medida más importante de prevención es la eliminación de todos los criaderos de mosquitos, es decir, de todos los recipientes que contienen agua tanto en el interior de las casas como en sus alrededores.
Que el Aedes aegypti, el mosquito “hogareño” transmisor de la enfermedad, tiene distintas etapas de desarrollo: los huevos, las larvas, las pupas (etapas que transcurren en el agua) y los mosquitos adultos (cuando ya pueden volar). Se crían en lugares sombríos y húmedos. Los sitios oscuros aseguran que el agua de los recipientes no sobrepase ciertas temperaturas que serían letales para los huevos, larvas y pupas. Cuando son adultos requieren de humedad para sobrevivir mayor tiempo, así los pastos altos son un ambiente ideal que les ofrece alimento y refugio.
Que cualquier recipiente capaz de acumular agua puede convertirse en un criadero, pero algunos pueden producir gran cantidad de mosquitos. Por ejemplo, las cubiertas de automóviles son excelentes lugares para el desarrollo de estos insectos, debido a su forma (que impide volcar el agua), su material (aislante) y su color oscuro, que permite mantener la temperatura adecuada. Pero también otros objetos que están dentro de nuestras casas pueden ser criaderos, como los floreros, los portamacetas o bebederos de mascotas.
Que es importante destacar que este mosquito no se cría en charcos, zanjas, lagos, lagunas o ríos. En esos lugares pueden ser criaderos de otras especies de mosquitos que no transmiten estas enfermedades.
Que la fumigación no es suficiente para eliminar el mosquito. La aplicación de insecticidas es una medida de control destinada a eliminar a los mosquitos adultos, pero no es útil para eliminar los huevos ni las larvas. Su implementación debe ser evaluada por las autoridades sanitarias ya que sólo se recomienda cuando se detectan los casos con sospecha de dengue y para aquellas áreas donde está confirmada la presencia del mosquito vector, y siempre debe ser acompañada por acciones de control y eliminación de todos los recipientes que acumulan y puedan acumular agua en las casas y espacios públicos.
Que por todo lo expuesto se destaca que el instrumento principal para hacerle frente a la enfermedad es la prevención y se logra, entre otras acciones, eliminando todos los recipientes en desuso que puedan acumular agua (como latas, botellas, neumáticos). Dando vuelta los objetos que se encuentran en el exterior y pueden acumular agua cuando llueve (baldes, palanganas, tambores, botellas). Cambiando el agua de bebederos de animales, colectores de desagües de aire acondicionado o lluvia, dentro y fuera de la casa, cada 3 días. Frotando las paredes de los recipientes con una esponja o cepillo a fin de desprender los huevos del mosquito que puedan estar adheridos. Rellenando los floreros y portamacetas con arena húmeda. Manteniendo los patios y jardines limpios, ordenados y desmalezados. Limpiando canaletas y desagües de lluvia de los techos. Tapando los tanques y recipientes que se usan para recolectar agua. Vertiendo agua hirviendo en las rejillas y colocándoles tela mosquitera.
Que para que lo aconsejado desde el punto de vista de la prevención sea conocido y de esa manera puesto en marcha por la ciudadanía lo fundamental es la información al respecto, y es por ello que desde el Estado deben realizarse periódicamente campañas afines para llegar a todos y todas, brindándoles los conocimientos necesarios para afrontar las precauciones del caso y poder evitar de esa manera la proliferación del mosquito y por ende de la enfermedad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.922/2.023
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de las Secretarías que correspondan realice campañas masivas de información sobre las medidas a adoptar por la ciudadanía con respecto a la enfermedad Dengue, que contengan:
● Acciones a realizar para la prevención y erradicación de sitios propicios para la cría y proliferación de mosquitos.
● Síntomas de la enfermedad.
● No automedicarse.
● Rápida concurrencia a los centros de salud ante los primeros síntomas de la enfermedad.
● Ante un diagnóstico positivo la importancia de los controles diarios en los días posteriores.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de noviembre de 2.023.

