Expte. Nº 1.873/00.
VISTO:
El Expte. Municipal Nº 23275 por el cuál el Sr. Eduardo Gregorio Szumanski en representación de la firma Hidropuertos S.R.L. solicita la aprobación de los planos de mensura y subdivisión de una fracción de terreno ubicada en
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en el Código Urbano Municipal, la parcela descripta se halla en el Distrito Mixto M2 (apta para ser urbanizada).
Que las medidas de los lotes resultantes de la división están de acuerdo al Código que lo reglamenta y se encuentra en vigencia en esta Municipalidad.
Que los señores propietarios han efectuado la correspondiente donación de calles, espacios verdes y comunitarios a
Que de acuerdo al informe de
Que la empresa Hidropuertos S.R.L. ejecutará el loteo y subdivisión a los efectos de la construcción de viviendas individuales, las que serán ofrecidas a la venta a particulares.
Que los Señores propietarios manifiestan que ejecutarán las obras con mano de obra de esta Ciudad, utilizando la totalidad de los materiales e insumos que se necesitarán para la construcción de las mismas en comercios de Villa Gobernador Gálvez.
Que existe en este Distrito una imperiosa necesidad de contar con viviendas para satisfacer la gran demanda en unidades habitacionales que requiere esta Ciudad, dado que no existen planes de construcción por parte de los organismos provinciales y/o nacionales.
Que los Señores propietarios se comprometen a la ejecución de las obras de infraestructura en un todo de acuerdo a lo establecido por el Código Urbano y a la marcha de ejecución de las viviendas proyectadas, según el compromiso asumido por la empresa y que se adjunta.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1441/2000
Art.1º) Apruébase
ART.2º) Acéptese la donación a
ART.3º) Acéptase la donación de una fracción de terreno de
ART.4º) Acéptese la donación a
ART.5º)
ART.6) El no cumplimiento de las obras de infraestructura de acuerdo a la habilitación de las viviendas proyectadas, según el compromiso asumido por escrito por
ART.7º) Hágase saber que la escrituración de los predios cedidos para calles públicas, espacio verde y espacio comunitario, se llevará a cabo dentro de los noventa (90) días a partir de la fecha de aprobada la presente; ante Escribano Público que designe
ART.8º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 24 de agosto de 2.000.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale
