Expte. Nº 8.791/25
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,
Las Ordenanzas N° 2.239/14 y N° 3.044/24,
El reclamo constante de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que las ordenanzas N° 2.239/14 y 3.044/24 promueven la equidad, la solidaridad y el esfuerzo.
colectivo entre el municipio y los frentistas que viven en las calles beneficiadas de este régimen de
contribución por mejoras.
Que este régimen le permite al municipio recuperar los costos de las obras realizadas.
Que las obras de infraestructuras solicitadas por los vecinos mejorarían significativamente la
calidad de vida, las condiciones de tránsito y accesibilidad de los mismos y de las personas que transitan
ocasionalmente.
Que la realización de dicha obra es el hincapié para pensar un acceso directo hacia calle Cordoba,
Stephenson y Av. Circunvalación.
Que la calle Nuestra Sra. De La Paz entre Corrientes y Cervantes es poco transitada ya que
actualmente se encuentra en condiciones deficientes, con calzada de tierra, generando dificultades para
transitar vehículos y peatones.
Que en los días de lluvia aumenta significativamente la presencia de barro afectando directamente
a los frentistas.
Que resulta oportuno y conveniente declarar de utilidad pública y pago obligatorio la ejecución
de la obra de cordón cuneta y posterior adoquinado en el tramo mencionado, a fin de integrarlo al plan de
mejoramiento urbano y aprovechar eventuales despliegues logísticos de maquinaria y personal en el
sector.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2.157/2.025
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la
Secretaría que corresponda, estudie la factibilidad para la ejecución de la obra de cordón cuneta y
adoquinado en calle Nuestra Señora De La Paz entre Corrientes y Cervantes, conforme a lo dispuesto en
las Ordenanzas N° 2.239/14 y 3.044/24.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 22 de mayo de 2.025.
AUTORA: DANIELA BERMUDEZ.

