Expte. Nº 9.098/26
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,
La nota remitida por el DEM en fecha 25/03/26 por la cuál solicita autorización para colaborar con el préstamo de maquinaria municipal a Prefectura naval Argentina;
El Código Civil y Comercial de la Nación, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario que el Concejo Deliberante formalmente autorice al DEM a instrumentar el préstamo de maquinarias cuyo detalle, nómina y destino de las mismas se desarrollarán infra, a la Prefectura Naval Argentina Zona Bajo Paraná;
Que resulta indispensable viabilizar o materializar el cumplimiento de la presente, mediante la formulación de un contrato de Comodato, en el marco de las previsiones de Código Civil y Comercial de la Nación, artículos 1533 a 1541.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 2.268/2.026
ART.1°) El Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, autoriza al DEM a formular con la Prefectura Naval Argentina, Zona Bajo Paraná, un CONTRATO DE COMODATO o PRÉSTAMO DE USO GRATUITO, conforme las previsiones de los artículos 1.533 a 1.541 del Código Civil y Comercial, de las siguientes maquinarias, propiedad del Municipio de Villa Gobernador Gálvez: una motoniveladora, pala retroexcavadora y un camión.
ART.2°) El destino de los bienes entregados en comodato tendrá como destino nivelar el terreno en el cuál realizarán la ampliación en su farmacia “Fundacion Mariquita Sánchez de Thompson” sede Rosario.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 9 de abril de 2026.
Departamento Ejecutivo Municipal

