Decr. 003/84 Presentación del boleto de Compra Venta para acogerse a la Ord. 57/84 y 26 bis

 

VISTO Y CONSIDERANDO:

La Ordenanza 26 bis , que determina una rebaja del 50% a la clase  pasiva de esta ciudad, en el pago de las  Tasas  de Servicios  Públicos, y que la Ordenanza 0057/84   determina nuevos  beneficios,  y conciente de  brindarle  soluciones positivas, es por ello que se sanciona el siguiente:

 

DECRETO  Nº 003/84

 

ART:1º) Se  autoriza por medio de la presente, que los  Jubilados como Pensionados, para poder acogerse, a lo que determina, la   Ordenanza  26  bis ,  y  Ordenanza  0057/84 ,   deberán presentar en forma provisoria el boleto de Compra y Venta, de sus respectivos inmuebles.

 

ART.2º) Que una vez regularizada esta situación, deberán  presentar los planos definitivos, como corresponde.

 

ART.3º) Adjunto a la presentación del boleto y/o Planos,  deberán realizar  una  Declaración Jurada, de  ser  poseedores  de vivienda única.

 

ART.4º) Comuníquese, Regístrese, Publíquese.

 

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 26 de Junio de 1984.

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