VISTO:

El expediente Nº 4061 de la Unión Ferroviaria, que solicita exención de impuesto de la Tasa Gral. de Inmuebles, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que la misma no se encuentra comprendida entre las entidades  aprobadas  por el Código Tributario  Municipal,  para verse  beneficiada, con la exención es por ello  que  este Concejo atento al despacho de comisión respectiva sanciona el siguiente:

 

 

DECRETO  Nº 004/84

 

 

 

ART.1º) No dar lugar a lo que peticiona la Unión Ferroviaria, por no estar comprendida entre las entidades del Código Tributario Municipal que les acuerda la exención.

 

 

ART.2º) Comuníquese, Regístrese, Publíquese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 3 de Julio de 1984.

 

print