VISTO Y CONSIDERANDO:
La petición que realizara la Empresa Martín Fierro S.R.L. solicitando incremento del costo del boleto del pasaje automotor de pasajeros de esta Ciudad, costos que con el aumento de insumos y sueldos, se elevan a más de un 20%, es por ello que se sanciona el siguiente:
DECRETO Nº 015/84
ART.1º) Increméntese a partir del primer minuto del 1º de Enero de 1985 el precio del boleto del pasaje automotor de la Empresa Martín Fierro S.R.L. fijándolo en $a. 24 (ARGENTINOS VEINTICUATRO).
ART.2º) Este incremento rige para las líneas Verde, Roja y Negra, que prestan servicio en esta Ciudad.
ART.3º) Comuníquese, Regístrese, Publíquese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 30 de Diciembre de 1984.