VISTO:
El Decreto Nº 1002/85 del D. Ejecutivo, y
CONSIDERANDO:
Que dicho Decreto veta en partes la Ordenanza Nº 152/85 de espectáculos públicos específicamente en el inciso d) del artículo 2 y su total del artículo 3 de dicha reglamentación este Concejo, considera que en muchas ciudades existen salas de exhibición restringida, con un número de butacas que no superan las 300, y con un precio superior a otros cines y solo aptas para mayores de 18 años, lo que queda librado a la libertad personal del espectador de concurrir o no a esas salas, es por ello que este Concejo sanciona el siguiente:
DECRETO Nº 026/85
ART.1º) Déjase sin efecto el VETO, a la Ordenanza Nº 152/85 en lo atinente al inciso d) del artículo 2 y en su totalidad el contenido en el artículo 3º de dicha reglamentación, que componen la Ordenanza según el Decreto Nº 1002/85 del D. Ejecutivo de fecha 29/Jul/85.
ART.2º) Comuníquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 8 de Agosto de 1985.