VISTO:
La solicitud de eximición del pago de impuetos formulada por la Asociación Cooperadora de la Escuela de Educación Técnica Nº 680 Dr. MARIANO MORENO, y
CONSIDERANDO:
Que consultada la Dirección de Topografía y Catastro de la Municipalida, informa que los lotes Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de la manzana 36 sección 10a. fueron adquiridos por la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez por el F.A.E y destinados a la E.E.T. 680 según decreto 425/79.
Que los lotes 8, 9 ,10, 11, 12, 13, 14 y 15 de la misma manzana y sección fueron adquiridos por la Cooperadora de dicha Escuela y donadas a la Provincia de Santa Fe, y aceptada la donación por el Gobernador mediante decreto 2128/79.
Que en consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el art. 75º inc. 1º) de la ley provincial 8173 corresponde eximir a dichos inmuebles del pago de la Tasa General de Inmuebles a partir de la fecha de compra.
Que por disposición del art. 62 del Reglamento Interno de este cuerpo corresponde acordar la exención en forma de decreto.
Es por ello que el CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA GOBERNADOR GALVEZ, en uso de sus atribuciones, sanciona el siguiente:
DECRETO Nº 028/85
ART.1º) Exímase a la Escuela de Educación Técnica Nº 680 “Dr. MARIANO MORENO” del pago de la Tasa General de Inmuebles, sobre los lotes Nº 1 al 15 de la manzana 36 sección 10a.- a partir de la fecha de adquisición y afectación de dichos lotes a la citada Escuela.
ART.2º) Comuníquese a la Secretaría pertinente, a fin de que se proceda a emitir las correspondientes constancias de excención para proceder a la escrituración de dichos lotes a nombre de la Provincia de Santa Fe.
ART.º) Comuníquese, Regístrese, Archívese.
Dado en el recinto de sesiones del Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez, a los 10 días de octubre de mil novecientos ochenta y cinco.