VISTO:
La liquidación de deuda por el tributo de Permiso de Edificación del contribuyente Señor Quilice, Carlos Félix obrantes en fs. 2 del expediente Nº 6869/88.
El correspondiente informe del Area de Promoción Comunitaria (Acción Social) por el que se aprueba fehacientemente el estado de necesidad y carencia del mencionado, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario otorgar un especial plan de pago en cuotas.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:
DECRETO Nº 085/90
ART.1º) Otórgase al Señor QUILICE, CARLOS FELIX, un Plan de pago-cuotas especial, por el Permiso de Edificación Sección 7ma., Manzana 18, lote 41, domicilio en J. Perón 2391 en 24 cuotas consecutivas y con vencimiento mensual con el 5% de interés mensual sobre el saldo, calculado sobre la base del tributo actualizado al mes de Abril de 1990.
ART.2º) Exímase al Plan de pago antes mencionado, de los intereses resarcitorios previstos en el Código Unificado Tributario Ley 8173 y Ordenanzas pertinentes.
ART.3º) Fíjese como plazo para el acogimiento a los beneficios de la presente el término de 10 días hábiles de la fehaciente comunicación al beneficiario.
ART.4º) La mora en el pago de alguna de las cuotas, será actualizada en base a lo prescripto por disposiciones legales vigentes respecto al tributo convenido.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 10 de Mayo de 1990.