VISTO:
El Decreto 3333/90 de fecha 13 de Noviembre de 1990, por el que observa el Decreto 92/90 , proveniente de este Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO:
Que lo establecido en el Capítulo VI de la Ley 2756 Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 46 Inciso I, el cuál establece categóricamente que el presupuesto general comprende los gastos del Concejo Municipal.
Estando a la fecha excesivamente dermorada la remisión de las partidas correspondientes para el pago de sueldos, dietas del personal y de los Señores Ediles y que, además las galtas de recursos imposibilita el pago de expensas indispensables para el funcionamiento del Concejo Deliberante, como ser: luz, teléfono, alquiler, etc.
Es por todo ello que cualquier gestión que tienda a promover el cumplimiento a lo estableciodo en la propia Ley Orgánica 2756, no puede ni debe ser cercenada.
Por todo ello el Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona, el siguiente:
DECRETO Nº 93/90
ART.1º) Rechásese el Decreto 3333/90, que observa totalmente el Decreto 92/90, originado por este Concejo Deliberante.
ART.2º) De acuerdo a los términos de la Ley 2756, quda en plena vigencia el Decreto Nº 92/90 .
ART.3º) Mantener firme el Decreto 92/90 , hasta su efentivización.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Concejo Deliberante, Noviembre 22 de 1990.-