Expte. Nº 6.266/17.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
El pedido de cesión de los terrenos donde funcionan las instalaciones de la Asociación Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez, y
CONSIDERANDO:
Que la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez no cuenta con un comodato que certifique su estabilidad en el lugar.
Que las parcelas con dirección en la calle Bomberos Voluntarios 2188 pertenecen al Departamento Ejecutivo Municipal.
Que sería beneficioso que los terrenos sean dominio de los Bomberos Voluntarios en forma definitiva.
Que de ser positiva la cesión, a la asociación le permitirá cumplimentar con los requisitos exigidos por la Dirección de Personerías Jurídicas y también a distintas Direcciones Nacionales.
Que la instalación de Asociación Bomberos Voluntario ha sido un ejemplo para la ciudad y la región.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.030/2017
ART.1º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaria que corresponda, ceda a la Asociación Bomberos Voluntarios en forma definitiva y en un plazo de 10 días hábiles, el lote ubicado en la calle Bomberos Voluntarios Nº 2188.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 07 de Septiembre de 2017 .
