Expte. Nº 6.280/17.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756
Los constantes inconvenientes de tránsito en la zona, y
CONSIDERANDO:
Que el bajo nivel Nogués es una obra de gran importancia que gracias a ella se conectan dos avenidas de sumo valor como son Avenida Juan Domingo Perón y Avenida Circunvalación 25 de Mayo, por debajo de las vías del ferrocarril, y a través de estas avenidas se puede llegar a distintos lugares del éjido urbano o bien egresar de nuestra ciudad hacia otras localidades.
Que esta vía de comunicación es utilizada por gran cantidad de automotores de todo tipo y porte, y que a diario conforman en la zona un flujo constante de vehículos que se desplazan en ambos sentidos de circulación.
Que asimismo también es usado y con gran asiduidad por muchos camiones que se dirigen hacia distintos comercios e industrias de nuestra ciudad y fundamentalmente hacia las dos más importantes de la vasta zona como ser Swift y Paladini.
Que los camiones que ingresan y egresan por este lugar con destino a los frigoríficos más arriba mencionados son vehículos de gran tamaño, de importante extensión, por lo general semirremolques de estilo Jaulas de transporte animal que en la mayoría de los casos superan en total los dieciocho metros de largo.
Que automotores de esta envergadura necesitan en las curvas extender su radio de giro para su correcta maniobra. Motivo por el cual se producen severos inconvenientes en la zona en cuestión debido al limitado lugar existente para realizar dicha maniobra.
Que este problema mencionado en el párrafo precedente se produce en la curva que da comienzo al tramo de calzada descendente y en la curva del bajo nivel existente inmediatamente al este del puente del cuerpo férreo, situación totalmente distinta se desarrolla al oeste del puente señalado donde los espacios para poder realizar maniobras son más amplios.
Que encontramos espacio de terreno disponible al margen derecho de la calzada descendente, desde el comienzo del descenso hasta la curva que encausa el tránsito por debajo del puente de las vías del ferrocarril, y que este espacio no es utilizado peatonalmente.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.040/2017
ART.1º) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice los estudios de factibilidad para el ensanchamiento de la calzada descendente del Bajo Nivel Nogués al este de las vías del ferrocarril y sobre su margen derecho para brindar mayor radio de giro a los automotores de gran porte que por allí transitan.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 14 de Septiembre de 2017 .
