Expte. Nº 6.293/17
VISTO:
La Ley Nacional Nº 24.449, de tránsito.
La Ley Provincial Nº 2.756.
El Decreto Nº 223/2008, donde el Concejo le solicita al Departamento Ejecutivo Municipal la gestión para la instalación de barreras o semáforos con señal sonora en los pasos a nivel de Pueblo Nuevo.
La Minuta de Comunicación Nºº 1805/2010, donde se le solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que gestione la instalación de barreras o semáforos con señal sonora en los 2 pasos a nivel de Pueblo Nuevo.
La peligrosidad de los pasos a nivel ubicados en la calle Corrientes y calle Perú, y
CONSIDERANDO:
Que el núcleo poblacional de Pueblo Nuevo se encuentra atravesado en su lado oeste por la Avenida de Circunvalación y por el lado este por el ferrocarril Rosario-Puerto Belgrano, por ello todo el tránsito que accede desde la Av. J. D. Perón se concentra en dos pasos a niveles: el de calle Corrientes y el de calle Perú. Ambos cruces representan un gran peligro por la cantidad de vehículos que circulan en ambas direcciones sin ningún tipo de barreras y/o semáforos.
Que este cuerpo en el año 2008 aprobó el decreto nº 223, donde se le solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que realice gestiones ante la Empresa Nuevo Central Argentino, para la instalación de barreras o semáforos con señal sonora, en los pasos ferroviarios de calle Perú y calle Corrientes.
Que para el año 2010 el Concejo volvió a insistir a través de la minuta de comunicación nº 1805, donde se le solicitaba al D.E.M. la gestión ante la empresa ferroviaria la de instalación de barreras o semáforos con señal sonora en los pasos a nivel arriba mencionados.
Que en este contexto, vale mencionar que es atribución de este Concejo Deliberante según lo establece la Ley 2756 en su Art. 39º Inc. 34 “dictar sobre dirección, cruzamiento o pendiente de los ferrocarriles, en el trayecto que recorra dentro del municipio, y adoptar las medidas necesarias para evitar los peligros que ellos ofrecen comprendiéndose entre éstas, la colocación de barreras y enrejados en las calles, el nivel de las vías y guardas en los pasos, como así mismo la construcción de alcantarillas y demás obras que fueran necesarias”
Que en la misma dirección, es pertinente destacar que las vías que atraviesan nuestra ciudad entre la Avenida J.D. Perón y la calle Nuestra Señora de la Paz con destino a Rosario son el único acceso ferroviario que tiene el Puerto de la Ciudad Rosario. En los últimos meses ha aumentado sustancialmente la cantidad de formaciones que circulan por dichas vías, acrecentando con ello las posibilidades de accidentes, tal como ocurrió el día 20 de septiembre del corriente cuando una formación colisionó con un vehículo en paso a nivel de calle Corrientes.
Que en este marco, es necesario volver a insistir con el pedido para que se gestione desde el Departamento Ejecutivo Municipal la instalación de dispositivos de seguridad, tales como barreras y/o semáforos con señal sonora.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.047/2017
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en un plazo de 10 días a través del Área que corresponda, realice gestiones ante la Empresa Nuevo Central Argentino, para la instalación de barreras o semáforos con señal sonora, en los siguientes pasos ubicados en:
-Calle Perú entre calle Nuestra Señora de la Paz y Av. Gral. Gral. Juan D. Perón.
-Calle Corrientes entre calle Nuestra Señora de la Paz y Av. Gral. Juan D. Perón.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de Septiembre de 2017 .
