Decr. 1090/18 Gestión de pronta y definitiva solución al proceso de erosión retrogradante de la  cascada del Arroyo Saladillo que pone en peligro la estabilidad del Puente Molino Blanco

Expte. Nº 6.394/18.

VISTO:

La Ley de Obras Públicas Nº 5188

La Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado Nº 12.510.

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº  2756.

El Decreto Nº 1043/17 de este Concejo Deliberante.

El informe Obra Emergencia Refuerzo Cascada Arroyo Saladillo realizado por el Ministerio de Infraestructura y Transporte de la Provincia de Santa Fe, Secretaría de Recursos Hídricos, ingresado al Concejo Deliberante el dia 28/12/17.

El Programa “26 Estrategias Urbanas, Un Plan Metropolitano”, y

 

CONSIDERANDO:

Que es urgente la acción del Estado provincial con respecto a la obra de estabilizado definitivo del Arroyo Saladillo y protección contra erosión del lecho y refuerzo del puente denominado Molino Blanco.

Que en reunión en este Concejo Deliberante el 27/04/17 con el Ingeniero Civil Beltieri representando a la Secretaria de Recursos Hídricos de la Provincia advertimos sobre nuestra preocupación de perder tiempo y fondos públicos en una obra “atípica, emergencial   y a corto plazo”, que podría ser inútil e ineficaz.

Que hoy podemos afirmar que la definición de la Dirección Provincial de estudios y Proyectos de la Secretaria de Recursos Hídricos de realizar una obra de carácter emergencia, en un plazo de 60 días y con un costo de $ 48.158.538,76 fue como mínimo dispendioso y desacertado.

Que como lo demuestran los resultados, la Obra de Emergencia Refuerzo Cascada Arroyo Saladillo no logró el objetivo originalmente planteado por el Ministerio de Infraestructura y Transporte donde se preveía una estructura de protección y contención de la cascada, con el fin de evitar la socavación del cauce, que desencadena la  erosión retrógrada, formando un talud inclinado con pendiente a través de la colocación de geo tubos en 16 niveles desde el pie de la barranca hasta el coronamiento aguas arriba de la cascada, figura que no se encuentra formada en el relieve actual de la cascada (se adjuntan fotos), donde las bolsas están solamente depositadas en el fondo del lecho y algunas azarosamente desparramadas producto de la correntada.

Que en relación a los Estudios y Proyectos sobre los trabajos a realizar para lograr la estabilización definitiva de la cascada (Ítem e) el Ministerio de Infraestructura y Transporte, Secretaria de Recursos Hídricos informa que la Secretaria de Recursos Hídricos (SRH) ha concretado un encuentro técnico con el Instituto Nacional del Agua (INA), a fines de firmar un convenio que se desarrollaría en tres etapas de 300 días en total, sin brindar ningún tipo de información seria sobre la versión definitiva de los Términos de Referencia del Convenio en vías de firmarse, no respondiendo lo solicitado por el Decreto del Concejo Deliberante.

Que a diferencia de lo planteado por el Ministerio en el Ítem i, se puede constar que la cascada se sigue corriendo. En este Ítem también se reconoce un error en la previsión de los geo tubos necesarios para la conformación de un perfil que vinculara el sector superior con el inferior de la cascada, grave error de cálculo que impidió la consecución del principal objetivo de la obra.

Que el 15 de noviembre de 2016 en las instalaciones de nuestro Parque Regional tuvo lugar un evento en donde se comenzaron a discutir acciones a realizar en el municipio y en el Área Metropolitana de Rosario para construir el Plan Urbano de la Ciudad, proyectos que también involucraban a localidades vecinas con el propósito de lograr una mejor integración regional. La iniciativa enmarcada en la primera etapa del Programa “26 Estrategias urbanas, un plan metropolitano”, abordó la importancia de la Ruta 21 para el Corredor Sur no previendo la peligrosidad del proceso erosivo sobre el Puente Molino Blanco.

Que contar con una resolución rápida y definitiva sobre el tema es una prioridad de carácter urgente. Necesitamos emplear todos los medios y mecanismos a nuestro alcance para poder encontrar respuestas positivas. El gobierno de nuestra ciudad no debe estar ajeno a la búsqueda de caminos que lleven a la solución de este conflicto que sigue avanzando.

Que una obra  de la magnitud necesaria para controlar el avance del salto sobre el puente, representa una acción que cambiará la geografía de la zona perdurando en el tiempo. Poseer la mayor cantidad de información nos permitirá arribar a una solución definitiva que ya no tiene margen de error.

Que el Ministerio informa que en fecha 2 de octubre de 2017 se labró el Acta de Finalización de Obra y actualmente se observa en el lugar, personal de seguridad custodiando el acceso, acopio de materiales y un ingreso constante de camiones y maquinarias.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 1.090/2018

 

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice las gestiones pertinentes ante el Ministerio de Infraestructura de Transporte, Secretaría de Recursos Hídricos del Gobierno de Santa Fe, para conseguir una pronta y definitiva solución al proceso de erosión retrogradante de la  cascada del Arroyo Saladillo que pone en peligro la estabilidad del Puente Molino Blanco.

 

ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal informará en forma bimestral al Concejo Deliberante los avances en las gestiones, tareas y obras realizadas por los Departamentos Ejecutivo Municipal y Provincial para la consecución del objetivo planteado en el Artículo anterior.

 

ART.3º) Infórmese en un plazo de 10 días hábiles quién  continúa usando el lugar donde se establecieron la playa de acopio de materiales, la playa de maniobras y el camino de acceso, con qué finalidad y con qué autorización.

 

ART.4º)    Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de enero de 2018

 

print