Expte. Nº 6.431/18.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.
La Ordenanza N° 2.254/14, Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos.
El Decreto N°1.068/17.
El reclamo de los vecinos del Barrio Cancha de Remo, Coronel Aguirre y Ghiglione, y
CONSIDERANDO:
Que el Parque que se encuentra en el ingreso del Centro GIRSU (Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos), ubicado a metros del Arroyo Saladillo, entre la Autopista Rosario-Buenos Aires, Av. Raúl Alfonsín y Av. Enzo Bordabehere de Villa Gobernador Gálvez, ha sufrido hechos de vandalismo.
Que este parque, es utilizado por los vecinos de la zona para esparcimiento, recreación y realizar actividades deportivas.
Que dicho parque ha embellecido uno de los ingresos más importantes de la ciudad.
Que el Centro GIRSU, ha sido instalado para resolver los problemas de la basura que se registraban en nuestra ciudad. Por ello el consorcio de la empresa se comprometió a erradicar el basural a cielo abierto y preservar el espacio verde.
Que hoy en día, los vecinos denuncian que los pastos se encuentran muy altos, y que los caballos están sueltos por todos lados, dejando sus deposiciones esparcidas por todo el parque; a su vez han ocurrido hechos graves de vandalismo, robándose los tejidos, pisoteando las plantas, rompiendo la iluminación, etc.
Que sería conveniente que personal policial patrulle con más frecuencia dicho parque, sobre todo los fines de semana y también en horarios nocturno, para poder brindar tranquilidad a los vecinos que utilizan las instalaciones del parque.
Que es deber del municipio, controlar, cuidar y mantener la limpieza de los espacios públicos de la ciudad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1104/2018
ART.1º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal que gestiones la limpieza diaria y el mantenimiento del parque ubicado en el ingreso a la Planta de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU), a través del Área de Parques y Paseos (perteneciente a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos), en un tiempo no mayor a 5 (cinco) días.
ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal deberá gestionar ante el Ministerio de Seguridad de la Provincia, más patrullaje en dicho parque.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 12 de abril de 2018.
