VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756;
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que el Centro Integral Comunitario 20 de junio ubicado en la sección catastral nº 4, recibe la visita de gran cantidad de personas con distintos propósitos, que van desde lo educativo por la presencia del jardín de infantes, hasta por cuestiones de salud debido a la atención primaria, básicas y fundamentales que en sus instalaciones se practican, a saber: consultorios clínicos externos, odontología, pediatría y otras atenciones.
Que de acuerdo a observaciones realizadas y atentos a los reclamos de los vecinos, que asisten al lugar nos encontramos con baños clausurados, con los trastornos e inconvenientes que causa esta situación no solamente a niñas y niños sino también a la comunidad toda.
Que un lugar de estas características, no puede encontrarse en estas condiciones por el rol tan importante que cumple para la sociedad, ya que arroja un resultado totalmente opuesto para lo que realmente fue creado.
Que, en cuanto a la especialidad de pediatría, debido a la gran cantidad de pacientes que demandan atención, es preocupante que habitantes de la zona deben concurrir a altas horas de la madrugada para conseguir un turno de atención, esperando en la intemperie desde las 03.00 AM hasta las 07.00 AM, horario en el que se abre el establecimiento.
Que toda esta problemática detallada más arriba, lamentablemente obliga a los vecinos de nuestra ciudad a tener que trasladarse a otros centros de salud para obtener las respuestas deseadas.
Que al ser una institución de gran valor social debería contar con la infraestructura adecuada y mayor plantel profesional médico dedicado a satisfacer las demandas básicas de salud.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.195/2018
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice los trabajos pertinentes para el reacondicionamiento de los sanitarios en el Centro Integral Comunitario 20 de Junio a fin de ser habilitados en forma inmediata.
ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Salud gestione ante el gobierno provincial los recursos necesarios para contar con una mayor atención médica en la especialidad pediatría en el CIC 20 de Junio.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 20 de septiembre de 2018.
Descargar doc:
