VISTO:

El expediente Nº729/94 presentado por la Empresa de Transporte Automotor Molino Blanco S. R. L. en fecha 04/05/94.

El  pedido de los vecinos de la Sección 8va. para  que  se les  preste servicio de transporte de pasajeros  hacia  la ciudad de Rosario, y

 

CONSIDERANDO:

Que  es  necesario proveerles transporte  de  pasajeros  a aquellos barrios desprotegidos de los mismos.

Que existe un convenio celebrado entre la Municipalidad de Villa  Gobernador  Gálvez y la Empresa  de  Transporte  de Pasajeros  Molino Blanco S. R. L. sobre el ingreso  de  la Concesión en vigencia en la ciudad de Rosario Nº 143.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO  Nº122/94

 

ART.1º)Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a  gestionar ante quién corresponda, el ingreso a nuestra ciudad, de la Empresa Molino Blanco S. R. L., Concesión Nº 143 que tiene punta  de línea en el Barrio del Sindicato de la Carne  en la ciudad de Rosario.

 

ART.2º) Una  vez  realizado el trámite y obtenido  la  aprobación contemplada  en  el  Art.1ero. del  presente  Decreto,  la Empresa de Transporte Urbana Molino Blanco S. R. L. Concesión 143, deberá cumplir con el siguiente recorrido:

INGRESO: Avda. San Martín, Gral. López, Oppici, Bvar.  San Diego  hasta Domingo J. González, Bvar. San  Diego,  Avda. Filippini,  Soldado  Aguirre,  Buenos  Aires,  Temporelli, Punta de Línea Cementerio San Lorenzo.

REGRESO: Temporelli, Buenos Aires, Soldado Aguirre,  Avda. Filippini, Bvar.San Diego hasta Domingo J. González, Bvar. San Diego, Avda. San Martín a Rosario.

 

ART.3º) El  Departamento Ejecutivo Municipal deberá enviar  luego de  realizado el trámite enunciado en el Art.1ero. a  este Concejo  Deliberante, lo actuado para su homologación;  en la  documentación  deberá figurar: cantidad de  coches   y frecuencia.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 01 de 1.994.

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