VISTO:
La transformación en que esta inmersa nuestra sociedad.
Que incentivando todos los valores se estimula el crecimiento, el desarrollo y por ende la calidad de vida.
Que las sociedades evolucionadas preveen su crecimiento mediante medidas de presente y futuro, y que las mismas han resultado ser de factor decisivo en los países que apostaron a pensar de esa manera.
Que para la plena transformación es necesario tomar grandes decisiones políticas, y estas siempre deben apuntar para la consecución de obras de gran envergadura, las que se cree conveniente deban extenderse a nuestra ciudad.
Que diversas comunidades del mundo entero han operado una transformación socio-económico tomando medidas tendientes a prever el desarrollo y el crecimiento, y
CONSIDERANDO:
Que para el mejoramiento de nuestra calidad de vida, es necesario pensar en el presente y el futuro.
Que es dable prever que se construya una cisterna de almacenamiento de agua potable, para la prevención de futuras deficiencias en el suministro del líquido elemento, o bien sería de relevancia que se disponga la construcción de un tanque distribuidor de agua potable en la zona periférica a
Que la temporada de verano implica mayor consumo de agua, y que si bien la obra de calle Flammarión posibilitó incrementar el flujo de la misma, es insuficiente para surtir a toda la ciudad; como ya ocurrió que por deficiencias técnicas en el mencionado reducto o por cortes efectuados por
Que las empresas que quieren radicarse en la zona necesitan tener la seguridad, de que por lo menos, este servicio esencial sea prestado ininterrumpidamente y eficazmente.
Que para ello esta dependencia Provincial debería convenir con el Departamento Ejecutivo Municipal y poder tener de esta forma el control total de consumo y necesidad del vital elemento, del mantenimiento y la explotación de los tanque y redes instalados y a instalar en nuestra ciudad por el Plan PROVI-AGUA; que forma parte del plan Social encarado por el Gobierno Nacional, conjuntamente con las Provincias, los Municipios y el Ejercito Argentino.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº121/94
ART.1º) Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar ante
ART.2º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar un convenio con
ART.3º) Facúltase al Departamento Ejecutivo a conformar una Comisión de trabajo integrado por representantes de
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Concejo Deliberante, Mayo 27, 1994.