Expte. Nº 6.719/18.
VISTO:
La Resolución N° 175 del Ministerio de Hacienda y Economía de Santa Fe;
Las Ordenanzas Nros. 1151/95 y 1643/2005;
El Expediente N° 52.002/18 del Departamento Ejecutivo Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que el expediente referido en el Visto, enviado a este Cuerpo por el Departamento Ejecutivo Municipal, tiene por objeto la eventual aprobación y autorización al Departamento Ejecutivo Municipal, para el otorgamiento de la escritura traslativa de dominio, a favor de la Sra. CLAUDIA FERRARIS, DNI N° 24.090.340, del inmueble ubicado en la sección catastral N° 15 y que se identifica como Parcela “N” que integra el Área Industrial local, consistente en un lote de terreno que mide 153,33 metros en su lado Norte sobre calle Simón Bolivar, 153,33 metros de contrafrente al Sur sobre calle Carlos Pellegrini, 86,71 metros en su costado Oeste lindando con parcela “M”, y 86,71 metros en su costado Este lindando con parcela “O”, formando una superficie total de 13295,24 metros cuadrados. Todo ello en virtud del boleto de compraventa celebrado entre esta Municipalidad y la prenombrada.
Que, resumiendo las actuaciones y el desarrollo del presente, obra a fs. 22 del Expediente en estudio -a cuyo tenor nos remitimos en mérito a la brevedad- Dictamen de la Dirección de Asuntos Legales de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez que, en lo medular, describe actos administrativos ulteriores a la celebración de boleto de compraventa entre Municipalidad y la solicitante, Sra. Claudia Ferraris.
Que entre las consideraciones jurídicas y legales, relevantes en el caso, debe ponderarse la vinculada a la rescisión de la cesión de derechos y acciones sobre el boleto de compraventa celebrada oportunamente por la compradora a favor del Sr. Teófilo Alberto Muñoz, basada dicha rescisión en la ausencia de aprobación por el Cuerpo Deliberante de aquel instrumento, que operó como activadora de la condición resolutoria de éste.
Que obran en el expediente sub exámine, los correspondientes comprobantes, boleto de compraventa, actos administrativos, informes de la Secretaría de Hacienda, del Departamento Topografía y Catastro, y acta/recibo de pago de los cuales se desprende, de forma indubitable, el derecho de la Sra. Ferraris a solicitar la definitiva traslación a su favor del dominio sobre el inmueble de marras.
Que en razón de lo expuesto anteriormente, y conforme se consigna en el dictamen de la Dirección Asuntos Legales Municipal, al cual adhiere el Departamento de Legal y Técnica de este Concejo Deliberante, los únicos Actos Administrativos y Norma vigentes y por ende de plena aplicación son la Ordenanza N° 1643/2005 y el Decreto N° 181/2012 que reconocen administrativamente a la Sra. Claudia Ferraris como legítima titular de derechos sobre el lote aludido en el Visto del presente.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.233/2018
ART.1°) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir escritura traslativa de dominio, a favor de la Sra. CLAUDIA FERRARIS, DNI N° 24.090.340, del inmueble ubicado en la sección catastral N° 15 y que se identifica como Parcela “N” que integra el Area Industrial local, consistente en un lote de terreno que mide 153,33 metros en su lado Norte sobre calle Simón Bolivar, 153,33 metros de contrafrente al Sur sobre calle Carlos Pellegrini, 86,71 metros en su costado Oeste lindando con parcela “M”, y 86,71 metros en su costado Este lindando con parcela “O”, formando una superficie total de 13295,24 metros cuadrados.
ART. 2°) Déjese expresa constancia, que la presente autorización contiene la condición, de cumplimiento por parte de la Sra. Claudia Mariel Ferraris, previo a la escrituración, del pago de todo tipo de deuda que mantuviere con la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.
ART. 3°) En orden al cumplimiento de las previsiones precedentes, y como se establece precedentemente en cuanto a eventuales deudas pendientes por parte de la Sra. Ferraris, autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a designar o asignar la Escribanía que intervendrá en la instrumentación de la escritura traslativa de dominio
ART. 4°) Notifíquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Contaduría General, Departamento Topografía y Catastro, y a la interesada, a sus efectos.
ART.5°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de diciembre de 2018.
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