Ord. 1151/95 Creación Area Industrial

Expte. Nº 1152/95.

VISTO:

La Ley Provincial Nº8478, el Decreto Nº3856/79 y la  Resolución  Nº175 del Ministerio de Hacienda y Economía de  la Provincia.

La Ley Nº 2756, y

CONSIDERANDO:

Que  la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez,  por  su importancia  Industrial y Comercial en continuo crecimiento  y expansión, por su ubicación geográfica  estratégica, vías   de  comunicación terrestre, marítima  y  aérea,  no puede  postergar  la  radicación de  un  Area  Industrial, máxime  cuando por la Legislación antes citada se  preveen mecanismos  y beneficios diferenciales para  las  empresas que se radiquen.

Que tal hecho político, impulsado por la actual gestión de Gobierno Municipal, la que a través de las contínuas obras efectuadas  en  la Ciudad, demuestra la  preocupación  por impulsar  a  la misma a un cambio profundo  en  todas  las áreas en el marco de un Proyecto Político que se ha  plasmado en realidades, conseguiría disminuir y tal vez eliminar la alta tasa de desocupación existente en la zona, con la consiguiente reactivación económica y todos los efectos que por lógica consecuencia acarrearía.

Que  este tipo de medidas ha provocado  cambios  profundos que  han aparejado crecimiento y prosperidad no solo  para Ciudades de nuestro País, sino para todas aquellas que  en el  mundo  han tomado decisiones políticas  para  efectuar experiencias similares.

Que  es necesario establecer cual será el Area  Industrial cuyo  reconocimiento  se gestionará por ante  el  Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe y determinar  quienes serán las personas autorizadas para realizar las gestiones pertinentes.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1151/95

ART.1º) Declárase  de  Interés  Municipal la  creación  del  área Industrial de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, la que abarcará  los terrenos identificados como I1; I2, y  RUE1, según plano que como anexo forma parte integrante de  esta Ordenanza.

ART.2º) Autorízase  al  Sr. Intendente Municipal a  gestionar  el reconocimiento  del Area Industrial creada por  el  Art.1º por ante el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe.

ART.3º) Las Personas responsables y autorizadas para realizar las gestiones  ante la Dirección General de Industrias  de  la Provincia,  con motivo de la solicitud, serán tres  representantes  del  Departamento Ejecutivo  Municipal  y  tres representantes del Concejo Deliberante, los cuales deberán ser designados en su oportunidad.

ART.4º) Créase la Comisión de Asesoramiento Técnico Jurídico para la  tramitación  del reconocimiento del  Area  Industrial, cuyas  funciones serán recabar los informes e  implementar los  requisitos  del Anexo B de la Resolución Nº  175  del Ministerio de Hacienda y Economía de la Provincia, debiendo elevar un informe final al Sr. Intendente Municipal, la que  estará  integrada  por representantes  de  las  áreas técnicas de la Municipalidad y por tres Concejales,  todos los cuales se designarán en su oportunidad.

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Diciembre 21, 1995.

Presidente: Carlos Croci

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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