Decr. 124/94 Afectar ingresos para el Fondo para estabilizado de calles

VISTO:

El  Expte.771/94,  Proyecto  creación de  fondos  para  el estabilizado de calles.

La Ordenanza 935/93.

La  nota remitida por la Secretaría de Hacienda  de  fecha 23/06/94, y

 

CONSIDERANDO:

Que es necesario avanzar con el compactado y  estabilizado de calles en el ámbito Municipal.

Que  dicha obra tiende a mejorar la calidad de vida de  un amplio  sector de nuestra comunidad eliminando las  calles de tierra y por ende el barro en épocas de lluvia,  permitiendo el acceso de ambulancias, bomberos, recolectores de residuos, proveedores, generando una mayor fluidez de vías de  comunicación para los barrios más alejados de la  ciudad.

Que  existen  muchos vecinos de  distintas  secciones  con escaso  nivel de ingreso como así también la situación  de numerosos hogares cuyos jefes de familia carecen de ocupación,  lo que hace que se plantee como solución  que  debe disponerse  de  un fondo para acudir en su  ayuda,  a  los efectos que la obra no corra peligro en su concreción.

Que  este Concejo Deliberante desea satisfacer uno de  los más  caros  anhelos de un alto porcentaje  de  vecinos  de nuestra  ciudad  que  carecen de calle  con  compactado  y estabilizado.

Que  según  el Dictamen de Asesoría Legal  y  Contable  la afectación  de tales fondos no producirá una  modificación de presupuesto, y no debe poner en peligro el cumplimiento de las obligaciones contraídas por gastos incluidos en  el mismo. 

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

 

DECRETO  Nº124/94

 

ART.1º) Facúltase al Departamento Ejecutivo a afectar un cuarenta por ciento de los ingresos provenientes de la coparticipación de patente automotor con destino a la creación de  un fondo  para  estabilizado de calles, siempre  que  existan disponibilidades  excedentes luego de hacer frente  a  los gastos presupuestados para el ejercicio 1994.

 

ART.2º) El  saldo  del  fondo mencionado en el  art.1º  no  podrá exceder  a la diferencia entre lo autorizado a  gastar  en concepto de trabajos de estabilizado (rubro presupuestario 0.1.2/07.23.00.00)  y  lo recaudado  por  contribución  de mejoras (rubro presupuestario 0.1.1/01.02.02.00).

 

ART.3º) Autorízase a la tesorería Municipal  a efectuar la transferencia  de fondos de la cuenta Nº034/09, Patentes, a  la cuenta Nº51/09, Estabilizado de calles del Banco de  Santa Fe S.A.; con las limitaciones establecidas en los  artículos precedentes.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 23, 1994

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