Expte. Nº 6.828/19.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,
La Ordenanza N° 998/94 Prohíbase Estacionamiento Vehicular en Av. J. D. Perón Entre Gral. López y Córdoba,
La Ordenanza N° 1.329/98, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario reordenar el tránsito vehicular de la Av. Juan D. Perón entre las calles Nogués y 3 de Febrero.
Que el mal estacionamiento vehicular sobre la mano impar en la Av. Juan D. Perón entre las Calles Nogués y 3 de Febrero provoca embotellamiento, aumentando significativamente las posibilidades de siniestros viales.
Que es necesario que se dé cumplimiento a la Ordenanza N° 1.329/98, la cual prohíbe el estacionamiento de número impar en Av. Juan D. Perón entre las calles Nogués y 3 de Febrero.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.288/2.019
ART.1°) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda y en un plazo de 15 días, de cumplimiento a la Ordenanza N° 1.329/98, la cual prohíbe el estacionamiento vehicular en Av. Juan D. Perón número impar, entre las calles Nogués y 3 de Febrero.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 1 de agosto de 2.019.
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