Expte. Nº 6.840/19.

 

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,

La Ordenanza Nº 2.602/2.019,

La Ordenanza Nº 2.618/2019, y

 

CONSIDERANDO:

Que este Concejo autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a la compra directa de combustible para el funcionamiento de su parque automotor, mediante la ordenanza N° 2.602/2.019, aprobada en la Sesión del 3 de mayo del corriente año.

Cabe mencionar que  hasta el día de la fecha no se ha cumplido con lo establecido en su artículo 4° (Toda vez que se realice una compra en los términos del artículo Segundo se remitirá informe mensual detallado del combustible adquirido y precio al Concejo Deliberante).

Finalmente es necesario  resaltar que ya se debería haber presentado el tercer informe, por ello solicitamos una pronta respuesta.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 1.294/2.019

 

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, de cumplimiento al Artículo 4° de la Ordenanza Nº 2.602/2.019, en el cual se solicita un informe mensual detallado del combustible adquirido para el funcionamiento del parque automotor Municipal y precio del mismo.

 

ART.2°) Preséntense los informes pendientes hasta el día de la fecha a este Cuerpo Deliberativo en un plazo de 7 días hábiles.

 

ART.3°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  15 de agosto  de 2.019.

Descargar doc:

1294-19 expte.6840-19 Cumplimiento Ordenanza 2602-19 Art.4

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