Expte. Nº 7.080/20.

 

VISTO:

La Ley 2756, Art. 39º Inc.23 y Art. 11º.

El Decreto Nº 1093/18.

La copia del contrato de locación del inmueble sito en Av. Gral. Juan D. Perón Nº 1153 donde funciona la dependencia de la Subsecretaría de Control y Convivencia Ciudadana-Área de Prácticos de Tránsito, y

 

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo Municipal  remite a este Cuerpo contrato de locación del inmueble sito en Av. Gral. Juan D. Perón Nº 1153 de esta ciudad, para que lo continúe utilizando la dependencia de la Subsecretaría de Control y Convivencia Ciudadana que realiza los exámenes prácticos de licencia de conducir.

Que tal inmueble resulta acorde a las necesidades del municipio debido a que se halla frente al circuito vial aprobado por la agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV) donde con el control de los inspectores de tránsito se realizan las pruebas de conducción.

Que resulta adecuado y razonable el precio de alquiler y asimismo conveniente el resto de cláusulas del contrato de locación elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal a este Cuerpo .

Que es atribución del Concejo Deliberante en virtud de lo expuesto por el Art. 11º de la Ley Nº 2756 de autorizar a contratación directa para los casos como el presente.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 1.406/2.020

 

ART.1º) Apruébase el contrato de locación del inmueble sito en Av. Gral Juan D. Perón 1153 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, cuya copia obra como Anexo y forma parte integrativa del presente Decreto que será destinado como dependencia de la Subsecretaría de Control y Convivencia Ciudadana.

 

ART.2º) Autorizase el gasto como canon locativo del inmueble descrito en el Ar. 1º del presente en la suma total de Pesos Doscientos Ocho Mil Ochocientos Cuarenta y Cinco ($ 208.845.-) pagaderos de la siguiente manera: seis cuotas mensuales y consecutivas a pagarse a partir del 01/01/2020 por la suma de Pesos Siete Mil Quinientos ($ 7.500.-); seis cuotas mensuales y consecutivas a pagarse a partir del 01/07/2020 por la suma de Pesos Ocho Mil Doscientos Cincuenta ($ 8.250.-); seis cuotas mensuales y consecutivas a pagarse a partir del 01/01/2021 por la suma de Pesos Nueve Mil Setenta y Cinco ($9.075) y las últimas seis cuotas a pagarse a  partir del 01/07/2021 por la suma de Pesos Nueve Mil Novecientos Ochenta y Dos ($ 9.982.-) dichos pagos se efectuarán a través de la Tesorería Municipal.

ART.3°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  8 de julio de  2020

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Decr. 1406-20_07-08-2020-125433

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