Expte. Nº 7.114/20.
VISTO:
El Decreto Nº 828/2016. Sistema de Defensa Arroyo Saladillo
El Decreto Nº 876/2016. Reparación cámara de inspección y limpieza Emisario Magallanes,
El Decreto Nº 995/2017. Se realicen tareas de limpieza en el emisario de calle Magallanes y en el emisario de calle Caseros,
El Decreto N° 1382/2020. Aumentar la frecuencia en el desmalezamiento, descacharrado, desinfección y fumigación de las áreas más propensas a la proliferación del insecto vector del Dengue,
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756; y
CONSIDERANDO:
Que el Estado debe brindar las condiciones, prestaciones y bienes necesarios para lograr un nivel óptimo de salud. Ello ha de ser mediante acciones positivas y progresivas, a través de un rol activo y participante.
Que las acciones tendientes a resguardar la integridad física no se encuentran solo en la órbita de la sanación sino también en la de la prevención. Las medidas de reducción de riesgo están destinadas a rebajar directamente el impacto potencial de una amenaza y a minimizar los efectos negativos mediante la eliminación de los aspectos o puntos vulnerables.
Que el Emisario Magallanes en su tramo a cielo abierto sobre la desembocadura en el Arroyo Saladillo representa un riesgo alto generando potenciales accidentes por el ancho y la profundidad que posee. Pero al mismo tiempo representa una amenaza desde el punto de vista de la proliferación de enfermedades infectocontagiosas por la presencia constante de aguas servidas en su cauce con la presencia de malezas en todo su entorno.
Que estas condiciones imperantes en la zona transforman a los vecinos en individuos vulnerables y quedan expuestos a la amenaza constante de sufrir daños en su salud.
Que esta problemática tiene que ver con deficiencias en la infraestructura del emisario. Estos inconvenientes se salvarán si el tramo a cielo abierto estaría entubado o cubierto. Por lo que planificar su solución y gestionar la ejecución de las obras pertinentes es tarea necesaria de todo el arco gubernamental.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.418/2.020
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, realicen tareas de limpieza y desmalezamiento en el Emisario Magallanes en el tramo a cielo abierto que abarca desde calle Libertad hasta su desembocadura en el Arroyo Saladillo.
ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a garantizar el normal acceso peatonal desde ambas márgenes del emisario a la altura catastral del 1600.
ART.3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, gestione la ejecución de una obra de entubamiento del Emisario Magallanes entre calle Libertad hasta su desembocadura en el arroyo.
ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de julio de 2020
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