Expte. Nº 7.246/20.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756;

La presencia de aguas estancadas en la intersección de las calles Suipacha y Juan José Paso,

El reclamo de los vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

Que en la intersección de las calles Suipacha y Juan José Paso se encuentra gran concentración de aguas servidas estancadas, desde hace un período de tiempo prolongado en donde no se ve un escenario de mejoramiento.

Que la acumulación y permanencia en la calle de aguas servidas en prolongado lapso de tiempo produce un efecto degradante del suelo, afectando directamente la estructura de la calzada y poniendo en riesgo la libre circulación.

Que el tránsito vehicular está casi interrumpido por la laguna existente. Los efluentes no escurren de la manera apropiada y detienen su camino formando un estancamiento de proporciones generosas totalmente imposible de traspasar por un peatón y de alto riesgo para la integridad física de ciclistas y motociclistas.

Que esta concentración de líquidos en la vía pública, estancados desde hace mucho tiempo se convierte en un foco de proliferación de enfermedades, situación que se exacerba con la llegada de la época estival.

Que es necesaria la limpieza y mantenimiento de las cunetas para que no se produzcan obstrucciones en sus trayectos, y de esa manera poder escurrir los líquidos de manera correcta.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 1.475/2.020

 

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la secretaría que corresponda, realice los trabajos pertinentes de limpieza, zanjeo y desobstrucción de cunetas para la eliminación de la laguna formada producto del estancamiento de aguas servidas en la intersección de las calles Suipacha y Juan José Paso.

 

ART.2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de noviembre  de  2020

Descargar doc:

Decr. 1475-20_11-27-2020-130328

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