Expte. Nº 2.585/04.
VISTO:
El Código Municipal de Faltas y
CONSIDERANDO:
Que por nota ingresada por Mesa de Entrada del Concejo Deliberante, el 9 de noviembre de 2.004, los integrantes de
Que en el sector se puede comprobar la presencia de de-sechos de construcción y desperdicios en general, lo que constituye una alteración del paisaje natural y afecta la pureza de la tierra, las aguas, la vegetación y la población de especies de animales silvestres que habitan el lugar.
Que
Que
Que en virtud de lo expuesto resulta necesario adoptar urgentes medidas de control municipal de forma tal que se evite continuar con la degradación del sector, se intime a la empresa denunciada para que no continúe con el arrojo de residuos en el Parque regional y se tomen las medidas propuestas en
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 180/2004
ART.1º) El Departamento Ejecutivo Municipal, deberá adoptar todas las medidas que considere necesarias para garantizar, en forma perentoria el cumplimiento de lo dispuesto en las Ordenanzas Nº 1.093/95 en su parte pertinente, y 1.342/98, en todo el Area que comprende el Parque Regional de
ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal, deberá realizar los procedimientos de inspección de rigor, y en su caso intimar a
ART.3º) El Departamento Ejecutivo Municipal, deberá realizar las obras propuestas en
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 12 de Noviembre de 2004.