Expte.2.947/06.
VISTO :
CONSIDERANDO:
Que
Que es de suma importancia y urgencia solucionar los problemas que sufren los peatones a diario cuando intentan cruzar por las Estaciones de Servicios de nuestra Ciudad.
Que el Art. 1º de
Que las Estaciones de Servicios están en evidente infracción a
Que sí las condiciones establecidas en los puntos 5.4.3.2 5.4.3.3 – 5.4.3.5 y 5.4.3.16 de
Que además de todo lo expuesto, las Estaciones de Servicios intentan una demarcación de senda peatonal para disimular su trasgresión al Reglamento de Edificación, que nada tiene que ver con la protección al peatón, el cual está haciendo uso de su Derecho de circular por un bien propiedad del Estado Municipal.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 197/2006
Art.1º ) Hágase cumplir con lo estipulado en el Reglamento de Edificación, Ordenanza Nº 116/74 y sus modificaciones, en los puntos 5.4.3.2 5.4.3.3 5.4.3.5 y 5.4.3.16, en una clara medida de protección al peatón en su paso por las Estaciones de Servicios expendedoras de combustibles líquidos y gaseosos.-
Art.2º) Ordénese la demarcación de las sendas peatonales en los tramos determinados como entrada y salida de las Estaciones de Servicios, con materiales de visualización permanente.
Art.3º) Ordénese la construcción de veredas en un todo de acuerdo a lo estipulado en el punto 3.2.2 (Veredas) del Reglamento de Edificación en los tramos comprendidos entre las entradas y salidas de vehículos.
Art.4º) Aplíquese las penalidades correspondientes en los casos de incumplimiento.
Art.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 7 de diciembre de 2.006.