Decr. 244/08 Obras de extensión Gas Natural sección 9

Expte. Nº  3.368/08.

VISTO:

            La Ley 2756, y

CONSIDERANDO:

            Que las redes de gas natural llega hasta las proximidades de la zona que se menciona.

            Que la concreción de la obra asegurará la prestación de un servicio básico a las familias que viven en esta zona.

            Que el servicio de gas natural se hace indispensable para asegurar una mayor calidad de vida a los vecinos del barrio.

            Que es un reclamo y una necesidad de numerosas familias que habitan allí.

            Que en distintos espacios del barrio se han generado micro basurales permanentes, siendo éstos focos de infecciones y potenciales enfermedades para los vecinos que viven o circulan por el lugar.

            Que es imprescindible para el mejoramiento de la calidad de vida de los vecinos y vecinas de la zona la limpieza de zanjas y tubos de desagües.

            Que es deber del municipio la erradicación de basurales y la proyección de políticas públicas para la prevención de los mismos y la preservación del Medio Ambiente.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 244/2008

 ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, mediante el Área que corresponda, disponga las obras de extensión de gas natural en la Sección Catastral Nº 9, del Barrio Centro Cívico, en el radio comprendido por las calles Jean Jaures desde Filippini hasta Buenos Aires vereda par, Caseros desde Av. San Diego hasta Av. Mitre vereda impar.

ART. 2º)  A los efectos que pudieran corresponder a la Municipalidad, realizará la tramitación correspondiente ante Litoral Gas en un todo de acuerdo a las normativas vigentes.

ART.3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que mediante el Área que corresponda disponga las acciones de limpieza de los micro basurales ubicados en las calles: San Diego y Caseros, Caseros y Libertad y Caseros y Guido Spano.

ART.4º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que , mediante el Área que corresponda disponga obras de zanjeo correspondiente a las calles: Jean Jaures desde Buenos Aires a Caseros, Caseros desde Av. San Diego hasta Av. Mitre y Balcarce desde Buenos Aires a Caseros.

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  13 de noviembre de 2.008.

 

Presidente: Roberto Richetti

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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