Expte. Nº 3.376/08.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
La nota del Diario La Capital "Binner y el Intendente Murabito firmaron un convenio para la cesión de un terreno".
La nota del Periódico Desarrollo Zonal "Acuerdo entre la Cooperativa Integral y la Municipalidad", y
CONSIDERANDO:
Que al Concejo Deliberante no ha ingresado el convenio citado en los Vistos de este proyecto, y por lo tanto los Concejales no hemos tenido acceso a los términos previstos en el mismo.
Que es obligación de los ediles conocer y ejercer la facultad de contralor en todos los actos que involucren al municipio en relación con cualquier particular o institución.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1614/2008
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, envíe a este Concejo Deliberante en el plazo de 5 (cinco) días hábiles el convenio suscripto entre el municipio y la Cooperativa Integral Ltda. de Villa Gobernador Gálvez, para la utilización del Predio Polideportivo de esta Cooperativa.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de noviembre de 2.008.
Presidente: Roberto Richetti
Pro Secretaria: Victoria Beloni